Numero | Tipo | Resumen | |
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010/2011 | ORDENANZA MUNICIPAL |
CONDONA por excepción a normas vigentes, al responsable tributario Municipal de la Sala Cinematográfica, cuyo nombre de fantasía es CINE PLAZA, la deuda Servicios Retributivos NC 04-1-C-440-23-C y 23 F e Inspección Seguridad e Higiene y Espectáculos Públicos. EXIME del pago Tasas por: Servicios Retributivos; Inspección Seguridad e Higiene y Espectáculos Públicos, hasta el 31/12/11. |
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011/2020 | ORDENANZA MUNICIPAL |
ESTABLECE que a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, el PEM, liquidará en forma perfectamente diferenciable, un "Aporte Voluntario" de Pesos cinco ($5,00) destinados a la Asociación Protectora de Animales Allenses. |
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011/2019 | ORDENANZA MUNICIPAL |
AUTORIZA por vía de excepción a otorgar el Anexo a la Licencia Comercial, según Expte. Nº 4.0.0-01096-19 de Ignacio Montoya el rubro Buffet, con venta y consumo de bebidas alcohólicas. |
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011/2011 | ORDENANZA MUNICIPAL |
CONDONA deuda de Tasas Retributivas a la Nomenclatura Catastral 04-1-B-358-07-000. EXIME del pago de los bimestres restantes Año 2011. |
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011/2024 | ORDENANZA MUNICIPAL |
CONDONA la deuda existente de Tasas Municipales, en concepto de Tasas Retributivas correspondiente a las N.C. 04-1-C-517-03-F000 y 04-l-C-517-04-F000, por los motivos expuestos en los Considerandos. |
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011/2010 | ORDENANZA MUNICIPAL |
AUTORIZA a la Comisión del Centenario a la venta de 400 medallas de aleación bañadas en plata, de 32 mm. de diámetro cada una, con relieve en anverso y reverso al valor de Pesos $60 cada una. CREA la cuenta Nº 111120019 que se denominará Ingresos Festejos del Centenario a la cual se imputará hasta la suma de $ 24.000 a percibir por dicha venta. |
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012/2017 | ORDENANZA MUNICIPAL |
Modifica O.M. N° 021/13 y modifica Valores para Vendedores Itinerantes y No Itinerantes. |
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012/2011 | ORDENANZA MUNICIPAL |
ESTABLECE Tasa de Habilitación, de Inspección, Seguridad e Higiene para Parques Zoológicos que se instalen en Allen. |
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013/2018 | ORDENANZA MUNICIPAL |
CONDONA Tasas Retributivas a la NC. 04-1-C270B-01-F000. Sr. Zimon Andrés Borovsky. |
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013/2021 | ORDENANZA MUNICIPAL |
DEROGA los Artículos 2°, 3° y 4° de la Ordenanza Municipal Nº 104/2019.C.D. ADHIERE en todos sus términos a la Resolución Nº 7507 del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro. ESTABLECE que toda persona que realice actividades por la cual esté o pudiera estar en contacto con alimentos, en establecimientos donde se elaboren, fraccionen, almacenen, transporten, comercialicen y/o enajenen alimentos, o sus materias primas deberá estar provista de un Carnet de Manipulador de Alimentos de conformidad a lo establecido por el Artículo 21° del Código Alimentario Argentino. ESTABLECE la tasa para realizar el trámite de obtención de Carnet de Manipulador de Alimentos.
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