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Texto original de la norma.

Ordenanza Municipal Nº 18/2016.C.D. 

Allen, 12 de Mayo de 2016

VISTO: 

El crecimiento poblacional de la zona este de nuestra ciudad; y 

CONSIDERANDO: 

Que a partir del loteo del Barrio 11 de Noviembre, los loteos de las Cooperativas situados más al este, y las aprobaciones de loteos en la misma zona al norte de calle Bahía Blanca, se ha generado la necesidad de contar con nuevos servicios a brindar; 

Que en la revisión de esa necesidad hemos advertido que se encuentra disponible el inmueble identificado catastralmente como 04-1-C-651-02, que fuera afectado como Reserva Fiscal en el plano de mensura Nº 124-2010 del loteo del Barrio 11 de Noviembre; 

Que el inmueble se encuentra inscripto bajo la titularidad de la Municipalidad de Allen, en la matrícula 4-8858 del Registro de la Propiedad Inmueble; 

Que el mencionado lote tiene una superficie que resulta óptima para la construcción de un establecimiento escolar de educación inicial; 

Que siendo de competencia provincial la construcción de los establecimientos escolares es necesario disponer del inmueble referenciado cediéndolo a la Provincia de Río Negro con mención de la motivación de la cesión como cargo de la misma;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 12/05/16, según consta en Acta Nº 1183, se aprobó el pertinente proyecto;

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: DÓNASE a la Provincia de Río Negro, el inmueble identificado catastralmente como 04-1-C-651-02 con destino a la construcción de un establecimiento escolar. 

Artículo 2º: ESTABLÉCESE que la escrituración de la transferencia de dominio deberá realizarse por cuenta y orden de la Provincia de Río Negro, haciendo constar en el instrumento que se suscriba el destino del bien. 

Artículo 3º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.- 

 

Ordenanza Municipal Nº 18/2016.C.D. - Resolución Municipal Nº 0598/2016 (18/05/16)

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