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Texto original de la norma. Ordenanza Municipal Nº 04/2010.C.D. Allen, 4 de Marzo de 2010 VISTO: La Ordenanza Municipal Nº 098/09, de fecha 10 de diciembre de 2009; y CONSIDERANDO: Que mediante la misma se establece que a partir del inicio fiscal 2010, el Poder Ejecutivo Municipal liquidará un “Aporte Voluntario” de Cincuenta Centavos ($0,50) destinados a Bibliotecas Populares de Allen, que figurarán en cada una de las facturas por Tasas Retributivas, Vialidad Rural e Inspección Seguridad e Higiene, remitida a los contribuyentes en fecha según corresponda, de acuerdo al Calendario Fiscal; Que en el Artículo 5ª de la Ordenanza Municipal 098/09 se indica: ”Establecese que los montos ingresados a la Municipalidad de Allen como contribución Voluntaria para sostenimiento de las bibliotecas populares, serán depositados a nombre de las mismas en la siguiente proporción:-75% del total a nombre de Biblioteca P. Naciones Americanas. -25% del total a nombre de Biblioteca P. Amigos del Lector"; Que involuntariamente fue mal consignado el nombre de la Biblioteca Popular Amigos del Lector, dado que el verdadero es: “EL HOGAR DEL LECTOR”; Que a efectos de evitar inconvenientes contables es necesario subsanar el mismo; Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 4/03/10, según consta en Acta Nº 924, se aprobó el pertinente proyecto; POR ELLO: El Concejo Deliberante de la ciudad de Allen, sanciona con fuerza de ORDENANZA Artículo 1º: MODIFÍCASE el Artículo 5º de la Ordenanza Municipal Nº 098/09, donde dice: "Establécese que los montos ingresados a la Municipalidad de Allen como contribución Voluntaria para sostenimiento de las Bibliotecas Populares, serán depositados a nombre de las mismas en la siguiente proporción:-75% del total a nombre de Biblioteca P. Naciones Americanas, -25% del total a nombre de Biblioteca P. Amigos del Lector” DEBE DECIR:………"-25% del total a nombre de Biblioteca P. “EL HOGAR DEL LECTOR”. Artículo 2: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 04/2010.C.D. - Resolución Municipal Nº 0264/2010 (09/03/10) |