Texto original de la norma. ORDENANZA MUNICIPAL Nº 054/2020.C.D.-
Allen, 14 de Agosto de 2020.- VISTO: La Nota presentada por la Sra. Flavia Romina Rodríguez DNI.30.476.972; y CONSIDERANDO: Que mediante la misma solicita se autorice por vía de excepción al Plan Rector de Allen, Habilitación Comercial de su Salón de Eventos ubicado en la Chacra N° 40; Que dicho Salón se encuentra en ZPI (Zona Productiva Irrigada) dentro de lo establecido por el Plan Rector de Allen; Que mediante Ordenanza Municipal N° 113/19.C.D, se autorizó a la Sra. Rodríguez a presentar croquis en lugar de planos para habilitar su Salón de Eventos en Chacra N° 40; Que se hace necesario realizar una excepción, en este caso al Plan Rector de Allen, estableciendo además que solamente se exceptuarán los metros cuadrados que ocupe el local y que figuran en el croquis presentado oportunamente en este Cuerpo Deliberante, que son 83,83 mts2 (ochenta y tres con ochenta y tres metros cuadrados); Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 14-08-2020, según consta en Acta Nº 1353 se aprobó el pertinente Proyecto; POR ELLO: El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de ORDENANZA Artículo 1º: AUTORIZASE por vía de excepción a la Ordenanza Municipal N° 086/16.C.D. Plan Rector de Allen Capítulo IX Parcelamientos – Sección 3 - Parcelamientos en la Zona Productiva Irrigada IX.32, a la Sra. Flavia Romina Rodríguez DNI 30.476.972, para ejercer actividad Comercial en su Salón de Eventos ubicado en Chacra N° 40. Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
Ordenanza Municipal N°54 - Resolución Municipal N°1095/2020 (07/09/2020)
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