Texto original de la norma. ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015/2020 Allen, 29 de Mayo de 2020. VISTO: La Nota presentada por los Sres. Elena Rostoll y Carlos, Noelia, Luis, Sebastián y Betiana Hernández; y CONSIDERANDO: Que mediante la misma solicitan autorización, por vía de excepción, para proceder al fraccionamiento de la Parcela 04-1-J-005-11 de su propiedad; Que la Parcela tiene una superficie de 12 Ha 50 A, y solicitan fraccionarla en dos (2) partes; Que una de las partes constaría de una superficie de 8 Ha, en tanto la otra parte tendría una superficie de 4 Ha 50A; Que la Parcela con la superficie de 8 Ha se utilizará para instalar un Proyecto de la “CAFEMA” (Cámara de Forestadores Empresarios Madereros y Afines de la Norpatagonia); Que no existen inconvenientes para acceder a lo solicitado; Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 29-05-2020, según consta en Acta Nº 1344, se aprobó el pertinente Proyecto; POR ELLO: El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de ORDENANZA ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE a los Sres. Elena Rostoll y Carlos, Noelia, Luis, Sebastián y Betiana Hernández, por vía de excepción a las normas en vigencia, a realizar el fraccionamiento de la Parcela 04-1-J-005-11 de su propiedad, según croquis de fraccionamiento adjunto que, como Anexo I, forma parte de la presente norma legal, por los motivos expuestos en los Considerandos. ARTÍCULO 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese. ANEXO I: se adjunta archivo ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015/2020 - Res. Municipal Nº 681/2020 (18-06-2020) PEM |