Texto original de la norma. Ordenanza Municipal Nº 119/2024.C.D. Allen, 14 de Noviembre de 2024. VISTO: La Nota presentada por el Sr. Sebastián Alejandro Oses - DNI 30.395.033; y CONSIDERANDO: Que mediante la misma solicita se autorice por vía de excepción a la Ordenanza Municipal N° 086/16.C.D. - Plan Rector de Allen, a la instalación de una planta de envasado de agua de mesa, en la vivienda de su madre; Que dicho inmueble se encuentra ubicado en calle Eva Perón 1350; Que de acuerdo a lo manifestado por el señor Sebastián Alejandro Oses, la idea de éste emprendimiento es realizado de manera familiar y así afrontar los altos costos diarios para poder sobrevivir; Que el Sr. Oses, cuenta con poca maquinaria para llevar a cabo el microemprendimiento por lo cual el volumen de reparto no es mucho; Que dicho reparto se realizaría en su camioneta Strada, previamente habilitada para tal fin; Que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado, según consta en Acta Nº 032/24, de la Comisión de Gobierno; Que se hace necesario realizar una excepción, en este caso al Plan Rector de Allen para poder continuar con el trámite de la Habilitación Comercial; Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 14-11- 2024, según consta en Acta Nº 1539, se aprobó el pertinente Proyecto; POR ELLO: El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de O R D E N A N Z A Artículo 1°: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal – Secretaría de Gobierno – Dirección Habilitaciones, a exceptuar al Sr. Sebastián Alejandro Oses DNI 30.395.033 a lo establecido en el Capítulo X Condiciones Particulares de las Áreas y Zonas - Subsección 3 – Condiciones Particulares para la Zona de Barrios Consolidados – X.4 – 3 Parámetros Urbanísticos–b.-Parámetros Urbanísticos relativos a la ocupación de la parcela N.C. 04-1-C-517-37, de la Ordenanza Municipal Nº 086/16.C.D.- Plan Rector de Allen, a la instalación de una planta de envasado de agua de mesa sin autorización de carga y descarga, a fin de continuar con el trámite de Habilitación Comercial, el cual deberá cumplimentar con los demás requisitos establecidos en el mismo cuerpo legal. Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
Ordenanza Municipal Nº 119/2024.C.D. - Resolución Municipal Nº 2019/2.024 (26/11/2.024) |