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Texto original de la norma. Ordenanza Municipal Nº 158/2024.C.D. Allen, 12 de Diciembre de 2024. VISTO: Las Notas presentadas por las autoridades de la Biblioteca Popular Naciones Americanas y las Ordenanzas Municipales Nº 098/09.C.D. y 092/23.C.D.; y CONSIDERANDO: Que la Ordenanza Municipal Nº 098/09.C.D., establece que el Poder Ejecutivo Municipal liquidará en forma perfectamente diferenciable, un “Aporte Voluntario” de Cincuenta Centavos ($0,50) destinados a las Bibliotecas Populares; Que la Ordenanza Municipal Nº 092/23.C.D., incrementó dicho monto; Que las autoridades de la Biblioteca Popular Naciones Americanas, solicitan actualizar dicho importe; Que es de público conocimiento que la Institución, no solo ofrece material bibliográfico y un espacio de lectura y estudio, sino que también realiza diversos cursos gratuitos; Que en la era de la comunicación actual, se hace cada vez más difícil que persista en la sociedad el interés por los “libros”; Que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado; Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 12-12- 2024, según consta en Acta Nº 1543, se aprobó el pertinente Proyecto; POR ELLO: El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de O R D E N A N Z A Artículo 1°: DERÓGASE la Ordenanza Municipal Nº 092/23.C.D., por los motivos expuestos en los Considerados. Artículo 2°: MODIFÍCASE el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal Nº 098/09.C.D., donde dice: “…un “Aporte Voluntario” de Cincuenta Centavos ($0,50) destinados a las Bibliotecas Populares de Allen…”, deberá decir: “…un “Aporte Voluntario” de 1 (Un) USAM destinados a las Bibliotecas Populares de Allen…”. Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
Ordenanza Municipal Nº 158/2024.C.D. - Resolución Municipal Nº 2280/2.024 (27/12/2.024) |