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Texto original de la norma.

Ordenanza Municipal Nº 158/2024.C.D.

Allen, 12 de Diciembre de 2024. 

VISTO: 

Las Notas presentadas por las autoridades de la Biblioteca Popular Naciones Americanas y las Ordenanzas Municipales Nº 098/09.C.D. y 092/23.C.D.; y 

CONSIDERANDO: 

 Que la Ordenanza Municipal Nº 098/09.C.D., establece que el Poder Ejecutivo Municipal liquidará en forma perfectamente diferenciable, un Aporte Voluntario” de Cincuenta Centavos ($0,50) destinados a las Bibliotecas Populares; 

Que la Ordenanza Municipal Nº 092/23.C.D., incrementó dicho monto; 

Que las autoridades de la Biblioteca Popular Naciones Americanas, solicitan actualizar dicho importe; 

Que es de público conocimiento que la Institución, no solo ofrece material bibliográfico y un espacio de lectura y estudio, sino que también realiza diversos cursos gratuitos; 

Que en la era de la comunicación actual, se hace cada vez más difícil que persista en la sociedad el interés por los “libros”

Que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado;

 Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 12-12- 2024, según consta en Acta Nº 1543, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

O R D E N A N Z A 

Artículo 1°: DERÓGASE la Ordenanza Municipal Nº 092/23.C.D., por los motivos expuestos en los Considerados.

Artículo 2°: MODIFÍCASE el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal Nº 098/09.C.D., donde dice: “…un “Aporte Voluntario” de Cincuenta Centavos ($0,50) destinados a las Bibliotecas Populares de Allen…”, deberá decir: “…un “Aporte Voluntario” de 1 (Un) USAM destinados a las Bibliotecas Populares de Allen…”. 

Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.

 

Ordenanza Municipal Nº 158/2024.C.D. - Resolución Municipal Nº 2280/2.024 (27/12/2.024) 

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