Texto original de la norma. Ordenanza Municipal N° 20/2016.C.D. Allen, 26 de Mayo de 2.016. VISTO: La Ordenanza Municipal N° 001/13; y CONSIDERANDO: Que en el Artículo 20º de la mencionada norma se prevé a quienes registren deuda para con esta Municipalidad por Multas o Contravenciones la posibilidad de obtener Licencia de Conducir suscribiendo un Plan de Financiación de la deuda; Que en la práctica, esto genera en numerosas situaciones que los deudores por Multas o Contravenciones formalicen un Plan de Financiación, abonen la primer cuota y luego lo incumplan; Que si bien el Convenio incumplido es ejecutable, no se consigue la finalidad perseguida en la norma impositiva, en cuanto se pretende la regularización de las deudas evitando la afectación de recursos administrativos, judiciales y económicos en ese recupero; Que idéntica situación se plantea con la previsión del Artículo 22º in fine para el caso de los Permisos de Conexión; Que por último, advertimos una incongruencia manifiesta entre los Artículos 21º y 22º en cuanto los dos refieren la situación de quien solicita una Habilitación Comercial, dándole distinto tratamiento en una norma y en otra; Que corresponde corregir estas cuestiones con una nueva redacción de los Artículos referenciados; Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 26-05-16, según consta en Acta Nº 1185, se aprobó el pertinente Proyecto; POR ELLO: El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de ORDENANZA Artículo 1º: MODIFÍCASE el Artículo 20º de la Ordenanza Municipal Nº 001/13, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “CARNET DE CONDUCIR: Quien tramite un Carnet de Conductor y registre deuda municipal por Multas o Contravenciones, deberá cancelar la misma al contado, previo a su otorgamiento”. Artículo 2º: MODIFÍCASE el Artículo 21º de la Ordenanza Municipal Nº 001/13, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “LICENCIA COMERCIAL, ANEXO A LICENCIA COMERCIAL Y/O LICENCIA DE TAXI: Quien tramite una Licencia Comercial, Anexo a Licencia Comercial y/o Licencia de Taxi y registre deuda municipal por cualquier concepto, deberá cancelar la misma al contado, previo a su otorgamiento". Artículo 3º: MODIFÍCASE el Artículo 22º de la Ordenanza Municipal Nº 001/13, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “PERMISO PARA CONEXIONES: Quien solicite permiso para realizar conexiones de servicios públicos domiciliarios y/o de comercios y registre deuda por cualquier concepto, deberá cancelar la misma de contado, previo a su otorgamiento". Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
Ordenanza Municipal N° 20/2016.C.D. - Resolución Municipal N° 0671/2016 (03/06/2016) |