Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 18/05/2016 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 008/2016-(00757) |
Fecha de la publicación | 07/06/2016 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 07/06/2016 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 07/06/2016 |
Ordenanza Municipal Nº 18/2016.C.D.
Allen, 12 de Mayo de 2016
VISTO:
El crecimiento poblacional de la zona este de nuestra ciudad; y
CONSIDERANDO:
Que a partir del loteo del Barrio 11 de Noviembre, los loteos de las Cooperativas situados más al este, y las aprobaciones de loteos en la misma zona al norte de calle Bahía Blanca, se ha generado la necesidad de contar con nuevos servicios a brindar;
Que en la revisión de esa necesidad hemos advertido que se encuentra disponible el inmueble identificado catastralmente como 04-1-C-651-02, que fuera afectado como Reserva Fiscal en el plano de mensura Nº 124-2010 del loteo del Barrio 11 de Noviembre;
Que el inmueble se encuentra inscripto bajo la titularidad de la Municipalidad de Allen, en la matrícula 4-8858 del Registro de la Propiedad Inmueble;
Que el mencionado lote tiene una superficie que resulta óptima para la construcción de un establecimiento escolar de educación inicial;
Que siendo de competencia provincial la construcción de los establecimientos escolares es necesario disponer del inmueble referenciado cediéndolo a la Provincia de Río Negro con mención de la motivación de la cesión como cargo de la misma;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 12/05/16, según consta en Acta Nº 1183, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: DÓNASE a la Provincia de Río Negro, el inmueble identificado catastralmente como 04-1-C-651-02 con destino a la construcción de un establecimiento escolar.
Artículo 2º: ESTABLÉCESE que la escrituración de la transferencia de dominio deberá realizarse por cuenta y orden de la Provincia de Río Negro, haciendo constar en el instrumento que se suscriba el destino del bien.
Artículo 3º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 18/2016.C.D. - Resolución Municipal Nº 0598/2016 (18/05/16)
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