Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
---|---|
Estado | DEROGADA TOTAL |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 19/04/2013 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 003/2013-(00693) |
Fecha de la publicación | 03/05/2013 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
---|---|
Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 03/05/2013 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 03/05/2013 |
Ordenanza Municipal Nº 06/2013.C.D
Allen, 21 de Marzo de 2013
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 015/10; y
CONSIDERANDO:
Que la misma exime de las Tasas Retributivas y Conservación y Mantenimiento de Cementerio a todos aquellos contribuyentes que posean Pensiones Graciables Nacionales, Provinciales o Municipales, Jubilados y Pensionados Nacionales, Provinciales, Municipales y Discapacitados del Sistema Previsional correspondiente y contribuyentes que no han accedido a ningún tipo de beneficios jubilatorios para mayores de 70 años, y/o discapacitados que no perciban ningún ingreso;
Que se debe otorgar al ámbito de aplicación una adecuación y actualización acorde a la realidad previsional actual;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 21-03-13, según consta en Acta Nº 1054 se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: DERÓGASE la Ordenanza Municipal Nº 015/10 en todos sus términos.
Artículo 2º: MODIFÍCASE el inciso 2.1 del Artículo 2º de la Ordenanza Municipal Nº 002/01 el cual debe decir: "El contribuyente y/o su grupo familiar conviviente no deberá poseer un total de haberes que supere el Salario Mínimo, Vital y Móvil”.
Artículo 3º: MODIFÍCASE el inciso 1.3 del Artículo 1º de la Ordenanza Municipal Nº 002/01 el cual debe decir: “Contribuyentes que no han accedido a ningún tipo de beneficios jubilatorios y/o discapacitados que no perciban ningún ingreso”.
Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 06/2013.C.D. - Promulgación tácita (19/04/13)
ImprimirOrdenanza Municipal Nº 06/2013.C.D
Allen, 21 de Marzo de 2013
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 015/10; y
CONSIDERANDO:
Que la misma exime de las Tasas Retributivas y Conservación y Mantenimiento de Cementerio a todos aquellos contribuyentes que posean Pensiones Graciables Nacionales, Provinciales o Municipales, Jubilados y Pensionados Nacionales, Provinciales, Municipales y Discapacitados del Sistema Previsional correspondiente y contribuyentes que no han accedido a ningún tipo de beneficios jubilatorios para mayores de 70 años, y/o discapacitados que no perciban ningún ingreso;
Que se debe otorgar al ámbito de aplicación una adecuación y actualización acorde a la realidad previsional actual;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 21-03-13, según consta en Acta Nº 1054 se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: DERÓGASE la Ordenanza Municipal Nº 015/10 en todos sus términos.
Artículo 2º: MODIFÍCASE el inciso 2.1 del Artículo 2º de la Ordenanza Municipal Nº 002/01 el cual debe decir: "El contribuyente y/o su grupo familiar conviviente no deberá poseer un total de haberes que supere el Salario Mínimo, Vital y Móvil”.
Artículo 3º: MODIFÍCASE el inciso 1.3 del Artículo 1º de la Ordenanza Municipal Nº 002/01 el cual debe decir: “Contribuyentes que no han accedido a ningún tipo de beneficios jubilatorios y/o discapacitados que no perciban ningún ingreso”.
Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 06/2013.C.D. - Promulgación tácita (19/04/13)
ImprimirNúmero | Acción | Fecha | Artículos activos | Artículos pasivos | |
---|---|---|---|---|---|
015/2010 | Derogación total | 10/05/2013 |