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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 07/05/2007  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 010/2007-(00524)  
Fecha de la publicación 17/05/2007  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 17/05/2007  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 17/05/2007  

Ordenanza Municipal Nº 17/2007.C.D 

Allen, 19 de Abril de 2007

VISTO: 

La nota presentada por Varios Vecinos, contribuyentes y comerciantes de la Avenida Libertad al 100; y 

CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma solicitan se autorice el estacionamiento sobre la mano derecha en la calle Libertad al 100; 

Que si bien las razones esgrimidas por los vecinos son entendibles, no logran desvirtuar razones como la seguridad en materia de tránsito en resguardo de la vida de los usuarios del sector de la calle Libertad entre Avda. Roca y Sarmiento; 

Que la naturaleza del tránsito que circula en el sector mencionado y las dimensiones que posee, permiten conjugar en primer lugar la seguridad y la fluidez del tránsito; 

Que con el legítimo interés de las actividades lucrativas de los peticionantes y en caso de acompañar a lo solicitado, se producirá de manera inmediata la saturación y congestión del sector; 

Que además debe considerarse que la utilización de la Plazoleta Central como Estación Terminal de Transporte Urbano y de media y larga distancia de Pasajeros, obliga al mantenimiento de un tránsito ordenado, dado que convierte al sector en parte del ingreso de visitantes de las más variadas procedencias; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el día 19-04-07, según consta en Acta Nº 802, se aprobó el pertinente proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: ESTABLÉCESE que en la Avenida Libertad entre Avenida Roca y la calle Sarmiento, en el tramo de circulación Oeste-Este, el estacionamiento será exclusivamente sobre la mano izquierda a 45º (cuarenta y cinco grados). 

Artículo 2º: ENCOMIÉNDASE al Poder Ejecutivo Municipal la señalización pertinente. 

Artículo 3º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.- 

 

Ordenanza Municipal Nº 17/2007.C.D. - Promulgación tácita (07/05/07)

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Ordenanza Municipal Nº 17/2007.C.D 

Allen, 19 de Abril de 2007

VISTO: 

La nota presentada por Varios Vecinos, contribuyentes y comerciantes de la Avenida Libertad al 100; y 

CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma solicitan se autorice el estacionamiento sobre la mano derecha en la calle Libertad al 100; 

Que si bien las razones esgrimidas por los vecinos son entendibles, no logran desvirtuar razones como la seguridad en materia de tránsito en resguardo de la vida de los usuarios del sector de la calle Libertad entre Avda. Roca y Sarmiento; 

Que la naturaleza del tránsito que circula en el sector mencionado y las dimensiones que posee, permiten conjugar en primer lugar la seguridad y la fluidez del tránsito; 

Que con el legítimo interés de las actividades lucrativas de los peticionantes y en caso de acompañar a lo solicitado, se producirá de manera inmediata la saturación y congestión del sector; 

Que además debe considerarse que la utilización de la Plazoleta Central como Estación Terminal de Transporte Urbano y de media y larga distancia de Pasajeros, obliga al mantenimiento de un tránsito ordenado, dado que convierte al sector en parte del ingreso de visitantes de las más variadas procedencias; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el día 19-04-07, según consta en Acta Nº 802, se aprobó el pertinente proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: E̶S̶T̶A̶B̶L̶É̶C̶E̶S̶E̶ ̶q̶u̶e̶ ̶e̶n̶ ̶l̶a̶ ̶A̶v̶e̶n̶i̶d̶a̶ ̶L̶i̶b̶e̶r̶t̶a̶d̶ ̶e̶n̶t̶r̶e̶ ̶A̶v̶e̶n̶i̶d̶a̶ ̶R̶o̶c̶a̶ ̶y̶ ̶l̶a̶ ̶c̶a̶l̶l̶e̶ ̶S̶a̶r̶m̶i̶e̶n̶t̶o̶,̶ ̶e̶n̶ ̶e̶l̶ ̶t̶r̶a̶m̶o̶ ̶d̶e̶ ̶c̶i̶r̶c̶u̶l̶a̶c̶i̶ó̶n̶ ̶O̶e̶s̶t̶e̶-̶E̶s̶t̶e̶,̶ ̶e̶l̶ ̶e̶s̶t̶a̶c̶i̶o̶n̶a̶m̶i̶e̶n̶t̶o̶ ̶s̶e̶r̶á̶ ̶e̶x̶c̶l̶u̶s̶i̶v̶a̶m̶e̶n̶t̶e̶ ̶s̶o̶b̶r̶e̶ ̶l̶a̶ ̶m̶a̶n̶o̶ ̶i̶z̶q̶u̶i̶e̶r̶d̶a̶ ̶a̶ ̶4̶5̶º̶ ̶(̶c̶u̶a̶r̶e̶n̶t̶a̶ ̶y̶ ̶c̶i̶n̶c̶o̶ ̶g̶r̶a̶d̶o̶s̶)̶.̶

Establécese que en la Avda. Eva Perón desde Avda. Gral. Roca en dirección Oeste-Este hacia la calle Sarmiento, el estacionamiento será exclusivamente sobre la margen izquierda (Norte) a 45° (cuarenta y cinco grados) a excepción de los primeros 51 (cincuenta y un) metros de la margen derecha sur comprendidos desde la línea de proyección de la ochava (que surge entre las Avenidas Roca y Eva Perón) en su intersección con el cordón cuneta de la Avda. Eva Perón, donde solo se permitirá el estacionamiento paralelo sobre dicho cordón cuneta de forma temporal, no pudiendo exceder los treinta (30) minutos.

Artículo 1° bis: El Municipio deberá notificar al conductor del automotor que se encontrare estacionado sobre la zona de la margen derecha en la avenida Eva Perón, permitida para el estacionamiento, mediante un Ticket que contendrá, la siguiente información: numeración correlativa del mismo, el día y la hora en que el Inspector de Tránsito verifica tal circunstancia, Matrícula del vehículo y el tiempo permitido de estacionamiento; pudiéndose entregar este mismo personalmente al conductor o si este no se encontrara en el lugar, el Inspector de Tránsito lo podrá dejar sobre el parabrisas, quedando el conductor debidamente notificado.

Artículo 2º: ENCOMIÉNDASE al Poder Ejecutivo Municipal la señalización pertinente. 

Artículo 3º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.- 

 

Ordenanza Municipal Nº 17/2007.C.D. - Promulgación tácita (07/05/07)

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Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
045/2016 Derogación total 01/09/2016

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