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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 29/05/2012  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 009/2012-(00676)  
Fecha de la publicación 18/06/2012  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 18/06/2012  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 18/06/2012  

Ordenanza Municipal Nº 18/2012.C.D 

Allen, 17 de Mayo de 2012

VISTO: 

La necesidad de ordenar el estacionamiento en las zonas céntricas de nuestra ciudad; Lo consultado con la Dirección de Tránsito y los Jóvenes de nuestra ciudad; y 

CONSIDERANDO: 

Que es permanente el incremento del parque automotor y en particular el de motos y ciclomotores; 

Que la limitada disponibilidad de lugares para el correcto estacionamiento de este tipo de vehículos hace necesario un ordenamiento que permita la utilización de los espacios en la vía pública; 

Que siendo un medio de transporte muy usado no se han contemplado lugares específicos para su estacionamiento; 

Que dicha medida redundaría en beneficio para nuestra comunidad, generando un estacionamiento más ordenado; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 17/05/2012, según consta en Acta Nº 1019, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: ORDÉNASE el estacionamiento de motos y ciclomotores en calles: LIBERTAD (entre J. B. Justo y Sarmiento) T. ORELL (entre J. B. Justo y Sarmiento) SARMIENTO (entre Libertad y T. Orell) AVDA. ROCA (entre I. Mariani y Libertad) SARMIENTO (entre Don Bosco y San Martín) T. ORELL (entre L.N. Alem y B. Mitre).

Artículo 2º: REGLAMÉNTASE que los sectores destinados al estacionamiento de motos y ciclomotores deberán disponerse de acuerdo a las siguientes características: Estacionamiento en 45º en los perímetros claramente demarcados y con los siguientes elementos y medidas:

1. Largo: 12 metros.

2. Ancho: 1,75 metros incluyendo la línea de demarcación.

3. Demarcación sobre el piso con líneas amarillas de 15 cm de ancho en todo su contorno y líneas internas de color blanco marcando ángulos de 45º, de 5 cm. de ancho.

4. Instalación sobre cordón de un caño de 2” a lo largo del establecimiento y con una separación del piso de 15 cm. que permita asegurar el rodado con un elemento antirrobo.

5. Agrégase una dársena contenedora para delimitar y resguardar el ciclomotor o moto en el estacionamiento.

6. Solicítase a la Dirección de Tránsito Municipal que a través del área correspondiente se proceda a la señalización de estacionamiento exclusivo de motos y ciclomotores.

Artículo 3º: ESTABLÉCESE como mal estacionada toda moto o ciclomotor ubicada en la zona céntrica y fuera de los lugares habilitados, aplicándose la multa correspondiente de acuerdo a nuestra legislación vigente.

Artículo 4º: ENCOMIÉNDASE al Poder Ejecutivo a partir de la publicación de la presente Ordenanza, en un plazo de 180 días, la confección de los correspondientes estacionamientos.

Artículo 5º: HÁGANSE las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.- 

 

Ordenanza Municipal Nº 018/2012.C.D - Resolución Municipal Nº 0504/2012 (29/05/12)

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Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
045/2016 Derogación total 08/09/2016

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