Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 04/11/2016 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 020/2016-(00769) |
Fecha de la publicación | 09/11/2016 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 09/11/2016 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 09/11/2016 |
Ordenanza Municipal Nº 66/2016.C.D.
Allen, 20 de Octubre de 2016
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 125/96.C.D.; y
CONSIDERANDO:
Que en su Anexo I se establecen las pautas de tramitaciones para la ejecución de Obras Públicas por contribución de los vecinos frentistas;
Que en el Artículo 1º, inciso a), del citado Anexo, se establece como método de tramitación para la ejecución de Obra Pública por Contribución de Mejoras, mediante Habilitación del Registro de Oposición, de pago obligatorio para todos los frentistas beneficiarios de la obra;
Que la Ordenanza Municipal Nº 050/04.C.D. modifica el Artículo 4º de la Ordenanza Municipal Nº 125/96.C.D. estableciendo las formas de pago por las que podrán optar los frentistas;
Que mediante Resolución Municipal Nº 1067/16 se procedió a la apertura del Registro de Oposición Nº 005/16 correspondiente a la obra de pavimento en el Barrio denominado “La Chimenea” sobre calles Antártida Argentina, Juan B. Justo y Presidente Raúl R. Alfonsín;
Que a foja 1 del Libro de Registro de Oposición, correspondiente al sector detallado, no se registran firmas que se opongan a la realización de la obra;
Que se han cumplido todos los requisitos normativos exigidos para llevar a cabo la obra mencionada, con costo a cargo de los vecinos frentista;
Que para declarar a la obra de utilidad pública y pago obligatorio, el Registro de Oposición no deberá superar el 50%, de los frentistas afectados, requerido como mínimo por la Ordenanza Municipal Nº 125/96.C.D. en su Artículo 9°;
Que si bien los directamente beneficiados con la obra son los frentistas, ello se traduce en una obra de suma importancia para el progreso de la localidad;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 20-10-16, según consta en Acta Nº 1204, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: ESTABLÉCESE el cierre definitivo del Registro de Oposición Nº 005/16 – Obra de Pavimento en el Barrio denominado “La Chimenea” sobre calles Antártida Argentina, Juan B. Justo y Presidente Raúl Alfonsín.
Artículo 2º: DECLÁRASE de Utilidad Pública y Pago obligatorio para los frentistas beneficiarios con la Obra de Pavimento en las calles detalladas en el Artículo 1º, correspondiente al Barrio denominado “La Chimenea”, según planos obrantes en el expediente técnico respectivo.
Artículo 3º: ESTABLÉCESE el detalle de Obra y el Costo estimativo de la Obra de Pavimento en el Barrio denominado “La Chimenea” según el siguiente detalle: 3.215 m2, por un monto en Pesos Dos Millones Doscientos Treinta y Cuatro Mil Cuatrocientos Veinticinco ($ 2.234.425,00).
Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 66/2016.C.D. - Resolución Municipal Nº 1391/2016 (04/11/16)
ImprimirNúmero | Acción | Fecha | Artículos activos | Artículos pasivos | |
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125/1996 | Reglamenta | 16/11/2016 |