Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 16/11/2016 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 021/2016-(00770) |
Fecha de la publicación | 18/11/2016 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 18/11/2016 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 18/11/2016 |
Ordenanza Municipal Nº 71/2016.C.D.
Allen, 3 de Noviembre de 2016
VISTO:
El Pase Nº 080/16 de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, que informa que se concluyó con la obra de dieciséis (16) Nichos en el Cementerio Local; y
CONSIDERANDO:
Que la demanda de Nichos aumenta con el transcurrir del tiempo;
Que a la fecha no quedan nichos desocupados;
Que existen en el Cementerio de la Ciudad de Allen, dieciséis (16) Nichos recientemente construidos y se encuentran en perfectas condiciones para su uso específico;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 03-11-16, según consta en Acta Nº 1206 se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal a ofrecer en venta por noventa y nueve (99) años, los Nichos del Cuerpo D20, desde Nicho 125 al 128 altura desde A a D en el Cementerio de la Ciudad de Allen, los cuales podrán ser ocupados efectivamente.
Artículo 2º: FÍJASE el valor de los Nichos ubicados en las filas centrales en la Cantidad de Pesos Nueve Mil Doscientos Trece con 75/100 ($ 9213,75) y el valor de aquellos que se encuentran en hilera superior e inferior en la cantidad de Pesos Seis Mil Ciento Cuarenta y Dos con 50/100 ($ 6142,50) debiendo posteriormente abonar solamente la Tasa por Conservación y Mantenimiento.
Artículo 3º: ESTABLÉCESE el siguiente modo de pago para quienes adquieran los Nichos citados en los Artículos anteriores: en Planes de Pago de hasta en diez (10) cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 71/2016.C.D. - Resolución Municipal Nº 1441/2016 (16/11/16)
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