Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 24/08/2016 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 014/2016-(00763) |
Fecha de la publicación | 01/09/2016 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 01/09/2016 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 01/09/2016 |
Ordenanza Municipal Nº 38/2016.C.D.
Allen, 11 de Agosto de 2016
VISTO:
La problemática habitacional por la que atraviesan los vecinos ubicados en el Asentamiento poblacional denominado "Islas Malvinas", ubicado al Norte de las vías del Ferrocarril y al Sur del Canal principal de Riego; y
CONSIDERANDO:
Que en el asentamiento poblacional mencionado, se encuentran residiendo numerosas familias desde hace tiempo;
Que en repetidas oportunidades se han recepcionado diferentes presentaciones de los vecinos, solicitando se los reconozca como Ocupantes para poder realizar la conexión de los servicios domiciliarios que correspondan a la zona;
Que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado siendo imprescindible proceder a solucionar la problemática situación habitacional en el sector, habiendo realizado la Asesoría en Servicio Social de este Cuerpo el correspondiente relevamiento Socio - económico;
Que dicho reconocimiento será al sólo efecto de la conexión de los servicios domiciliarios y no otorga ni reconoce derecho alguno sobre el lote quedando supeditado todo a la resolución definitiva que se arribe en los autos caratulados: Municipalidad de Allen C/Piñeiro Pearson y Guerrero Miguel Manuel y otros s/Expropiación Expte. Nº3711-J1-08, y a la decisión que administrativamente se tome;
Que la Carta Orgánica Municipal establece, en su Artículo 5º, inciso a) Promover y proteger… La salud, la educación, mejorar la calidad de vida de toda la población…,la construcción de viviendas para que todos los habitantes tengan acceso a una vivienda digna… el adecuado abastecimiento de la población en todas sus necesidades y servicios básicos…;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 11-08-16, según consta en Acta Nº 1194, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: MODIFICASE la Ordenanza Municipal N° 036/12.C.D. dejando sin efecto la autorización de entrega de Certificados de Ocupación Precaria por parte del Poder Ejecutivo Municipal, detallada en el Anexo I: "Manzana 264 inc. 4) LOTE 06 - LOTORRES TOMAS ALBERTO DNI N° 34.544.956 - VARELA VERÓNICA DEL CARMEN DNI N° 32.645.776".
Artículo 2º: RECONOCENSE como Ocupantes a las personas detalladas en el ANEXO I y que forma parte inescindible de la presente normativa legal, hasta tanto se cuente con la mensura que permita la adjudicación definitiva, por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 3º: ESTABLÉCESE que el Reconocimiento de Ocupación es al sólo efecto de conectar los servicios domiciliarios correspondientes a la zona, y que el mismo alcanza en forma exclusiva y excluyente a los beneficiarios detallados en el ANEXO I.
Artículo 4º: ESTABLÉCESE que los beneficiarios de la presente modalidad, no podrán ser incluidos, en nuevas ventas de lotes de propiedad municipal, a partir de la adjudicación definitiva de los lotes detallados en el Artículo 2º de la presente.
Artículo 5º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 38/2016.C.D. - Resolución Municipal Nº 1035/2016 (24/08/16)
ImprimirNúmero | Acción | Fecha | Artículos activos | Artículos pasivos | |
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036/2012 | Modificación | 08/09/2016 |