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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 13/06/2016  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 009/2016-(00758)  
Fecha de la publicación 27/06/2016  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 27/06/2016  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 27/06/2016  

Ordenanza Municipal Nº 25/2016.C.D. 

Allen, 02 de Junio de 2016

VISTO: 

La intensa tarea desarrollada durante todo el año por el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de nuestra Ciudad; y 

CONSIDERANDO: 

Que su actividad se ve fuertemente incrementada y periódicamente suelen realizarse varias salidas diarias para sofocar incendios; 

Que dado el importante crecimiento de la localidad el Cuerpo de Bomberos Voluntarios debe adecuar sus técnicas y equipos a estas circunstancias, con una mayor cantidad de herramientas y elementos así como también con una mejor protección personal, a los efectos de disminuir los riesgos y proteger la vida y los bienes de los habitantes; 

Que asimismo, las unidades deben contar con el mantenimiento adecuado para lograr una infraestructura sustentable, por lo que se deben afrontar elevados costos fijos mensuales; 

Que surge la necesidad de contar con mayores recursos económicos que garanticen un funcionamiento y crecimiento acorde a la demanda de la comunidad en general; 

Que si bien dicha institución recibe de organismos gubernamentales locales, provinciales y nacionales aportes para desarrollar la labor propia en forma cotidiana, los mismos no son suficientes para cubrir todas las erogaciones que deben solventar para proporcionar un servicio en constante crecimiento; 

Que el incremento de la actividad petrolera y gasífera en nuestra ciudad hace necesario contar con previsión de recursos para programar gastos y garantizar la actividad de los bomberos, con conocimientos técnicos y elementos necesarios para los eventos que puedan producirse; 

Que apoyar a instituciones de servicio, contribuyendo a su sostenimiento debe ser uno de los objetivos primordiales de los gobiernos, puesto que es el modo adecuado de contribuir al correcto funcionamiento de nuestra comunidad; 

Que es posible aplicar un aporte voluntario en las Tasas Municipales de manera de permitirle a la Asociación contar con mayores recursos para el mantenimiento de su estructura y el normal funcionamiento del servicio brindado; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 02-06-16, según consta en Acta Nº 1186, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: ESTABLÉCESE, que a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, el Poder Ejecutivo Municipal, liquidará en forma perfectamente diferenciable, un “Aporte Voluntario” de Cuatro Pesos ($ 4,00) destinados a la Asociación Bomberos Voluntarios de Allen, que figurará en cada una de las facturas por Tasas Retributivas, Vialidad Rural e Inspección, Seguridad e Higiene, remitida a los contribuyentes en fecha según corresponda, de acuerdo al Calendario Fiscal. 

Artículo 2º: DETERMÍNASE que el adicional fijado en el Artículo precedente será incorporado como parte de la boleta de Tasas Municipales de cada usuario, salvo renuncia expresa del mismo, mediante formulario cuyo modelo se adjunta en ésta Ordenanza. 

Artículo 3º: El comprobante que se menciona en el Artículo 2º deberá adjuntarse por única vez a las Tasas Municipales correspondientes al bimestre próximo a vencer del año en curso, para que cada contribuyente que no esté de acuerdo en hacer el aporte pueda renunciar al mismo. 

Artículo 4º: ESTABLÉCESE que el aporte recaudado será transferido a la Asociación de Bomberos Voluntarios de la Ciudad de Allen, dentro de los treinta días del vencimiento de la Tasa correspondiente. 

Artículo 5º: DISPÓNESE que el mismo deberá figurar dentro de la boleta de Tasas Municipales bajo la leyenda "Aporte a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Allen según Ordenanza Municipal Nº 025/2016". 

Artículo 6º: DETERMÍNASE que la Asociación de Bomberos Voluntarios de Allen deberá informar anualmente al Poder Ejecutivo Municipal y al Concejo Deliberante de Allen sobre la aplicación de los fondos transferidos. 

Artículo 7º: ESTABLECESE que este aporte voluntario caducará a la finalización del Ejercicio Fiscal 2017. 

Artículo 8º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-

 

Ordenanza Municipal Nº 25/2016.C.D. - Resolución Municipal Nº 0714/2016 (13/06/16)

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