Ordenanza Municipal Nº 80/1980.C.D.
Allen, 26 de Diciembre de 1980
VISTO:
La Ordenanza Municipal N°024/80, mediante la cual se reglamenta el funcionamiento del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros de la ciudad de Allen, y
CONSIDERANDO:
Que con el objeto de llamar a Licitación Pública para la concesión del servicio, se ha analizado exhaustivamente su contenido, siendo objetado el artículo 8°, en cuanto a la duración y renovación de la prestación,
POR ELLO:
El Intendente Municipal de la Ciudad de Allen, sanciona la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1°: Modificar el artículo 8° de la Ordenanza Municipal N°024/80, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Duración de las concesiones: Las concesiones que otorgue la Municipalidad tendrán una duración de 2 (dos) años y podrán renovarse por otro período de 2 (dos) años.”
Artículo 2°: La presente será refrendada por el señor Secretario de Obras Públicas a cargo de la Secretaría de Gobierno.
Artículo 3°: La presente será refrendada por el señor Secretario de Obras Públicos a cargo de Gobierno y por la señora secretaria de Hacienda.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes y cumplido, archívese.-
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