Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 03/12/2008 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 023/2008-(00572) |
Fecha de la publicación | 17/12/2008 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 17/12/2008 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 17/12/2008 |
Ordenanza Municipal Nº 110/2008.C.D.
Allen, 27 de Noviembre de 2008
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 096/08 y Resolución Municipal Nº 1194/08 y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 15º inciso “h” de la mencionada Ordenanza Municipal establece que la determinación del valor de la tarifa del pasaje deberá ser revisada y modificada, por el Concejo Deliberante, de acuerdo a la estructura del costo aplicable para el servicio de transporte urbano de pasajeros que permita establecerla según su metodología de cálculo; siendo el valor del mismo el importe de un peso con cincuenta centavos ($ 1,50) para los recorridos de hasta 10 km. y el importe de dos pesos ($2) para los recorridos que excedan los 10 Km., aprueba la regulación del Servicio Público de Pasajeros en la ciudad de Allen;
Que el Concejo Deliberante considera conveniente establecer precios máximos para los diferentes recorridos a realizar por la empresa que resulte prestataria del servicio de transporte público de colectivos, a fin de permitir dentro de los mismos la realización de las ofertas;
Que a la fecha los Poderes Municipales, han unificado los criterios de fijación de tarifas;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 27-11-08, según consta en Acta Nº 876, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: MODIFÍCASE el Artículo 15º inciso “h”, de la Ordenanza Municipal Nº 096/08, que quedará redactado de la siguiente forma: “La determinación del valor de la tarifa del pasaje deberá ser revisada y modificada, por el Concejo Deliberante, de acuerdo a la estructura del costo aplicable para el servicio de transporte urbano de pasajeros que permita establecerla según su metodología de cálculo; siendo el valor del mismo el importe máximo de dos pesos con cincuenta centavos ($ 2,50) para los recorridos de hasta 10 km y el importe de tres pesos con cincuenta centavos ($3,50) para los recorridos que excedan los 10 Km”.
Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 110/2008.C.D. - Resolución Municipal Nº 1237/2008 (03/12/08)
ImprimirNúmero | Acción | Fecha | Artículos activos | Artículos pasivos | |
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039/2016 | Derogación total | 08/09/2016 |