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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 03/12/2008  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 023/2008-(00572)  
Fecha de la publicación 17/12/2008  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 17/12/2008  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 17/12/2008  

Ordenanza Municipal Nº 110/2008.C.D. 

Allen, 27 de Noviembre de 2008

VISTO: 

La Ordenanza Municipal Nº 096/08 y Resolución Municipal Nº 1194/08 y 

CONSIDERANDO: 

Que el Artículo 15º inciso “h” de la mencionada Ordenanza Municipal establece que la determinación del valor de la tarifa del pasaje deberá ser revisada y modificada, por el Concejo Deliberante, de acuerdo a la estructura del costo aplicable para el servicio de transporte urbano de pasajeros que permita establecerla según su metodología de cálculo; siendo el valor del mismo el importe de un peso con cincuenta centavos ($ 1,50) para los recorridos de hasta 10 km. y el importe de dos pesos ($2) para los recorridos que excedan los 10 Km., aprueba la regulación del Servicio Público de Pasajeros en la ciudad de Allen; 

Que el Concejo Deliberante considera conveniente establecer precios máximos para los diferentes recorridos a realizar por la empresa que resulte prestataria del servicio de transporte público de colectivos, a fin de permitir dentro de los mismos la realización de las ofertas; 

Que a la fecha los Poderes Municipales, han unificado los criterios de fijación de tarifas; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 27-11-08, según consta en Acta Nº 876, se aprobó el pertinente proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA

Artículo 1º: MODIFÍCASE el Artículo 15º inciso “h”, de la Ordenanza Municipal Nº 096/08, que quedará redactado de la siguiente forma: “La determinación del valor de la tarifa del pasaje deberá ser revisada y modificada, por el Concejo Deliberante, de acuerdo a la estructura del costo aplicable para el servicio de transporte urbano de pasajeros que permita establecerla según su metodología de cálculo; siendo el valor del mismo el importe máximo de dos pesos con cincuenta centavos ($ 2,50) para los recorridos de hasta 10 km y el importe de tres pesos con cincuenta centavos ($3,50) para los recorridos que excedan los 10 Km”. 

Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.- 

 

Ordenanza Municipal Nº 110/2008.C.D. - Resolución Municipal Nº 1237/2008 (03/12/08)

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Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
039/2016 Derogación total 08/09/2016

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