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Digesto Jurídico Municipal

Tipo RESOLUCION AD REFERENDUM  
Estado VIGENTE  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 06/01/2022  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 005/2022-(00941)  
Fecha de la publicación 31/01/2022  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 31/01/2022  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 31/01/2022  

Resolución Municipal N° 2049/2021 

Ad referéndum del Concejo Deliberante  

Allen, 27 de diciembre de 2021

VISTO: 

El acuerdo entre la Municipalidad de Allen, YPF S.A. y Fundación YPF donde estos últimos donan a la primera Diez Mil Dólares ($10.000 USD) con cargo en que sea utilizado de forma exclusiva para la compra de materiales y herramientas para el armado y dictado de capacitaciones sobre métodos de construcción sostenible y sistemas de calefacción por estufas rockets, y; 

CONSIDERANDO: 

Que la Fundación es una Persona Jurídica Privada que se encuentra, debidamente autorizada para funcionar, y tiene entre sus objetivos promover, participar, estimular, llevar a cabo e intervenir en iniciativas u obras de carácter educacional, benéfico social y en especial la promoción de la investigación científica y la preparación profesional y técnica. 

Que la Fundación lleva a cabo el Programa Ciudades Sostenibles, en donde se busca facilitar el desarrollo de las ciudades con presencia de la industria energética, a través de herramientas participativas de planificación urbana y la implementación de proyectos con impacto social. 

Que, en el marco del Programa se ha elaborado el Programa de Capacitaciones para el Desarrollo Territorial Sostenible para las ciudades con presencia del sector energético destinado a la formación de referentes y equipos técnicos municipales sobre los postulados de la Economía Circular y el Desarrollo Ecosistémico. 

Que, la capacitación tuvo un abordaje teórico – práctico con el objetivo de brindar herramientas concretas para desarrollar capacidades para el desarrollo de políticas públicas y proyectos específicos asociados a la planificación urbana, a la economía circular en general y en particular a la gestión de residuos, gestión del arbolado y verde urbano, construcción sustentable y producción agroecológica de las ciudades identificadas. 

Que el proyecto diseñado tiene en miras atender los desafíos de la localidad de ALLEN, enfocándose en el eje de Construcción Sostenible, y se denomina “Plan de Mejoras habitacionales en construcción y calefacción” (el “Proyecto”). 

Que el Proyecto tiene como objetivo la capacitación sobre métodos de construcción utilizando métodos de bioconstrucción y sistemas de calefacción mediante estufas rockets.

Que para YPF, contribuir al desarrollo energético sostenible significa trabajar en sus tres dimensiones: económica, social y ambiental por medio de un negocio responsable y transparente basado en innovación, nuevas tecnologías y mejores prácticas, conciliando el progreso del negocio con la creación de valor para el país y las comunidades con las que se relaciona. 

Que es intención del Municipio articular los medios necesarios para lograr la concreción del Proyecto y resulta intención de los YPF y Fundación contribuir con la concreción del mismo y asegurar un aporte inicial para la puesta en marcha del Proyecto. 

Que la Fundación establece como cargo condición que el dinero donado se utilice en el objeto descripto, tanto en materiales y obras, como así también capacitaciones. 

Que la posibilidad de articular estas medidas favorece ampliamente a la ciudadanía, sin que influya de forma negativa en el erario público, ayudando a las políticas de fomento que día a día ejecuta el Municipio. 

Que no existe justificativo alguno para el rechazo de la donación. 

Que el inciso “r” del art. 38 de la Carta Orgánica Municipal establece: “Artículo 38 - Son atribuciones y deberes del Intendente Municipal: (…) r) Suscribir ad referéndum, aceptaciones de legados o donaciones hechas al Municipio, comunicando dicha suscripción en forma inmediata al Concejo, para su tratamiento”

Que en razón de las facultades otorgadas por la norma citada, corresponde la suscripción del convenio, la presente Resolución Ad-Referéndum, y su posterior remisión al Concejo Deliberante para su tratamiento. 

Que sin perjuicio de que la norma no establece como requisitos acreditar necesidad y urgencia, como así lo manda el inc. “t” del art. 38 de la COM, igualmente esos supuestos se encuentran. 

Que la demora en la aceptación implica una desvalorización real del dinero, y el tratamiento ordinario por parte del Concejo Deliberante podría verse dilatado en razón del receso de funciones ordinarias que comienza en el mes de diciembre. 

Que ello perjudicaría gravemente al presente proyecto, atento que no podría tratarse hasta el comienzo de sesiones ordinarias 2022.

Que ha quedado acreditada la urgencia de la fundación con la nota recepcionada en Intendencia en fecha 15 de noviembre de 2021, donde manifiesta que la donación debe ser efectuada antes del 31 de diciembre de 2021, en una cuenta especifica de la Municipalidad creada al efecto. 

POR ELLO:

El Señor Secretario de Hacienda a cargo de la Intendencia de la Municipalidad de Allen 

RESUELVE 

Artículo 1º: RATIFICAR en todos sus términos convenio con la Fundación YPF e YPF S.A., con objeto de donación de Dólares Diez Mil (10.000 USD) de estos últimos a favor del primero, con el cargo de sea utilizado de forma exclusiva para la compra de materiales y herramientas para el armado y dictado de capacitaciones sobre métodos de construcción sostenible y sistemas de calefacción por estufas rockets, todo de conformidad con lo establecido en el acuerdo. 

Artículo 2º: La presente será refrendada por todos los integrantes del Gabinete Municipal. 

Artículo 3º: COMUNIQUESE al Concejo Deliberante para su tratamiento en los términos del inciso “r” art. 38 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Allen.-

 

Resolución Municipal N° 2049/2021 - Ad referéndum del Concejo Deliberante  

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