Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 27/08/2015 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 012/2015-(00743) |
Fecha de la publicación | 02/09/2015 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 02/09/2015 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 02/09/2015 |
Ordenanza Municipal Nº 30/2015.C.D.
Allen, 13 de Agosto de 2015
VISTO:
Los Decretos N° 679/15 y N° 987/15 dictados por el Señor Gobernador de la Provincia de Río Negro Don Alberto Weretilneck; y
CONSIDERANDO:
Que en ellos se resuelve la donación a favor de la Municipalidad de Allen del inmueble identificado catastralmente como 04-1-A-A10-04- 0, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo la Matrícula Nº 7146 y que se determina como Parcela 4 de la fracción A10 de la Subdivisión del Lote 17, Fracción A de la Sección XXVI, y que posee una superficie de 434 has., 95 as, 77 cas., ubicada al norte de la Ciudad de Allen;
Que el objetivo de la donación es la conformación del nuevo Parque Industrial de la ciudad, imponiéndose el cargo de concretarlo en el término de un año;
Que siendo que el actual Parque Industrial de la ciudad ya no cuenta con espacios desocupados, la posibilidad de crear un nuevo parque para actividades industriales no hace más que potenciar el crecimiento de la localidad;
Que entonces la aceptación de la donación deberá realizarse con afectación de las tierras al objetivo tenido en miras al disponerse del traspaso del inmueble a favor de la Municipalidad;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 13-08-15, según consta en Acta Nº 1152, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: ACÉPTASE la donación efectuada a favor de la Municipalidad de Allen por parte del Gobierno de la Provincia de Río Negro, en los Decretos Nº 679/15 y N° 987/15 firmados por el Sr. Gobernador Don Alberto Weretilneck, del inmueble identificado catastralmente como 04-1-A-A10-04-0,inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo la Matrícula Nº 7146, y que se determina como Parcela 4 de la Fracción A10 de la Subdivisión del Lote 17, Fracción A de la Sección XXVI, y que posee una superficie de 434 has., 95 as., 77cas., ubicada al norte de la Ciudad de Allen.
Artículo 2º: El inmueble donado deberá destinarse a la conformación del Parque Industrial Norte de la Ciudad de Allen.
Artículo 3º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 30/2015.C.D. - Resolución Municipal Nº 1217/2015 (27/08/15)
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