Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 22/10/2015 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 015/2015-(00746) |
Fecha de la publicación | 30/10/2015 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 30/10/2015 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 30/10/2015 |
Ordenanza Municipal Nº 43/2015.C.D.
Allen, 8 de Octubre de 2015
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. Jessica Marisol Sepúlveda Leal; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma, solicita condonación de la deuda de Tasas Municipales en concepto de Tasas Retributivas de la N.C. 04-1-C-252-04-F006 cuyo responsable tributario es su esposo fallecido Sr. Abraham Castillo;
Que de acuerdo a la documentación que obra en el Expediente, se verifica la situación socioeconómica de la señora contribuyente, encontrándose condicionada para cumplir con su obligación tributaria municipal, no habiendo a la fecha, un avance en su situación económica ni mejora alguna en su estado de salud;
Que el Artículo 76º de la Carta Orgánica Municipal, en uno de sus párrafos expresa: "...las exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia...";
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 08-10-15, según consta en Acta Nº 1160, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: CONDÓNASE la deuda existente de Tasas Municipales, en concepto de Tasas Retributivas correspondiente a la N.C. 04-1-C-252-04- F006, por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 2º: EXÍMESE del pago de Tasas Retributivas correspondiente a la N.C. 04-1-C-252-04- F006 hasta el 31-12-15 inclusive.
Artículo 3º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 43/2015.C.D. - Resolución Municipal Nº 1519/2015 (22/10/15)
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