Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 30/10/2015 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 016/2015-(00747) |
Fecha de la publicación | 06/11/2015 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 06/11/2015 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 06/11/2015 |
Ordenanza Municipal Nº 49/2015.C.D.
Allen, 22 de Octubre de 2015
VISTO:
La Nota presentada por el Grupo Scouts "Ruca Hueñi"; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma, solicita la condonación de la deuda de Tasas Municipales en concepto de Tasas Retributivas de las N.C. 04-1-C-517-03- F000 y 04-1-C-517-04-F000 y la eximición de la misma;
Que la deuda mencionada con anterioridad ha sido originada por la imposibilidad de pagos debido a no disponer de fondos necesarios para realizar los mismos;
Que el Grupo Scouts "Ruca Hueñi" es una institución sin fines de lucro, destinada a la educación no formal de niñas/os y jóvenes de nuestra localidad, cuya única finalidad es contribuir a la formación de buenos ciudadanos partícipes en forma activa y constructiva dentro de la comunidad;
Que al no realizar actividades económicas ni contar con patrocinios que los solventen económicamente, los escasos ingresos que se reciben por parte de los padres son destinados 100% a las meriendas, actividades de programas y equipos para los chicos, como así también, al mantenimiento edilicio y provisión de servicios esenciales que permitan su normal funcionamiento dentro de las instalaciones del Grupo;
Que asimismo todos los adultos que conforman el equipo de dirigentes de esta institución, son formados mediante un sistema de cursos oficiales los cuales se abonan en forma particular y con medios propios, no habiendo en el grupo, personal rentado de ningún tipo y por ningún monto, todo el trabajo es voluntario y ad-honorem, inclusive los mismos dirigentes, continuamente, aportan dinero propio para poder realizar las actividades para los chicos;
Que el Artículo 76º de la Carta Orgánica Municipal, en uno de sus párrafos expresa: "…las exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia…";
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 22-10-15, según consta en Acta Nº 1162, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: CONDONASE la deuda existente de Tasas Municipales, en concepto de Tasas Retributivas correspondiente a las N.C. 04-1- C-517-03-F000 y 04-1-C-517-04-F000,por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 2º: EXIMASE del pago de Tasas Retributivas correspondiente a las N.C. 04-1-C517-03-F000 y 04-1-C-517-04-F000, hasta el 31- 12-2015 inclusive, por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 3º: ESTABLECESE que lo determinado en el Artículo 1º y 2º de la presente normativa, es por ÚNICA VEZ que a partir del año 2016 en adelante, deberán encuadrarse en los alcances de la Ordenanza Municipal Nº 063/95, en vigencia.
Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 49/2015.C.D. - Resolución Municipal 1552/2015 (30/10/15)
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