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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 30/10/2015  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 016/2015-(00747)  
Fecha de la publicación 06/11/2015  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 06/11/2015  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 06/11/2015  

Ordenanza Municipal Nº 49/2015.C.D. 

Allen, 22 de Octubre de 2015

VISTO: 

La Nota presentada por el Grupo Scouts "Ruca Hueñi"; y 

CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma, solicita la condonación de la deuda de Tasas Municipales en concepto de Tasas Retributivas de las N.C. 04-1-C-517-03- F000 y 04-1-C-517-04-F000 y la eximición de la misma;

Que la deuda mencionada con anterioridad ha sido originada por la imposibilidad de pagos debido a no disponer de fondos necesarios para realizar los mismos; 

Que el Grupo Scouts "Ruca Hueñi" es una institución sin fines de lucro, destinada a la educación no formal de niñas/os y jóvenes de nuestra localidad, cuya única finalidad es contribuir a la formación de buenos ciudadanos partícipes en forma activa y constructiva dentro de la comunidad;

Que al no realizar actividades económicas ni contar con patrocinios que los solventen económicamente, los escasos ingresos que se reciben por parte de los padres son destinados 100% a las meriendas, actividades de programas y equipos para los chicos, como así también, al mantenimiento edilicio y provisión de servicios esenciales que permitan su normal funcionamiento dentro de las instalaciones del Grupo; 

Que asimismo todos los adultos que conforman el equipo de dirigentes de esta institución, son formados mediante un sistema de cursos oficiales los cuales se abonan en forma particular y con medios propios, no habiendo en el grupo, personal rentado de ningún tipo y por ningún monto, todo el trabajo es voluntario y ad-honorem, inclusive los mismos dirigentes, continuamente, aportan dinero propio para poder realizar las actividades para los chicos; 

Que el Artículo 76º de la Carta Orgánica Municipal, en uno de sus párrafos expresa: "…las exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia…"

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 22-10-15, según consta en Acta Nº 1162, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: CONDONASE la deuda existente de Tasas Municipales, en concepto de Tasas Retributivas correspondiente a las N.C. 04-1- C-517-03-F000 y 04-1-C-517-04-F000,por los motivos expuestos en los Considerandos. 

Artículo 2º: EXIMASE del pago de Tasas Retributivas correspondiente a las N.C. 04-1-C517-03-F000 y 04-1-C-517-04-F000, hasta el 31- 12-2015 inclusive, por los motivos expuestos en los Considerandos. 

Artículo 3º: ESTABLECESE que lo determinado en el Artículo 1º y 2º de la presente normativa, es por ÚNICA VEZ que a partir del año 2016 en adelante, deberán encuadrarse en los alcances de la Ordenanza Municipal Nº 063/95, en vigencia. 

Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.- 

 

Ordenanza Municipal Nº 49/2015.C.D. - Resolución Municipal 1552/2015 (30/10/15) 

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