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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado VIGENTE MODIFICADA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 09/03/2010  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 004/2010-(00610)  
Fecha de la publicación 17/03/2010  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 17/03/2010  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 17/03/2010  

Ordenanza Municipal Nº 04/2010.C.D. 

Allen, 4 de Marzo de 2010

VISTO: 

La Ordenanza Municipal Nº 098/09, de fecha 10 de diciembre de 2009; y 

CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma se establece que a partir del inicio fiscal 2010, el Poder Ejecutivo Municipal liquidará un “Aporte Voluntario” de Cincuenta Centavos ($0,50) destinados a Bibliotecas Populares de Allen, que figurarán en cada una de las facturas por Tasas Retributivas, Vialidad Rural e Inspección Seguridad e Higiene, remitida a los contribuyentes en fecha según corresponda, de acuerdo al Calendario Fiscal; 

Que en el Artículo 5ª de la Ordenanza Municipal 098/09 se indica: ”Establecese que los montos ingresados a la Municipalidad de Allen como contribución Voluntaria para sostenimiento de las bibliotecas populares, serán depositados a nombre de las mismas en la siguiente proporción:-75% del total a nombre de Biblioteca P. Naciones Americanas. -25% del total a nombre de Biblioteca P. Amigos del Lector"; 

Que involuntariamente fue mal consignado el nombre de la Biblioteca Popular Amigos del Lector, dado que el verdadero es: “EL HOGAR DEL LECTOR”; 

Que a efectos de evitar inconvenientes contables es necesario subsanar el mismo; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 4/03/10, según consta en Acta Nº 924, se aprobó el pertinente proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: MODIFÍCASE el Artículo 5º de la Ordenanza Municipal Nº 098/09, donde dice: "Establécese que los montos ingresados a la Municipalidad de Allen como contribución Voluntaria para sostenimiento de las Bibliotecas Populares, serán depositados a nombre de las mismas en la siguiente proporción:-75% del total a nombre de Biblioteca P. Naciones Americanas, -25% del total a nombre de Biblioteca P. Amigos del Lector” DEBE DECIR:………"-25% del total a nombre de Biblioteca P. “EL HOGAR DEL LECTOR”.

Artículo 2: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.- 

 

Ordenanza Municipal Nº 04/2010.C.D. - Resolución Municipal Nº 0264/2010 (09/03/10)

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Acciones sobre esta norma

Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
052/2014 Modificación 06/11/2014

Acciones sobre otras normas

Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
098/2009 Modificación 24/03/2010