Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | VIGENTE MODIFICADA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 27/10/1997 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 000/0000-(00000) |
Fecha de la publicación | 17/11/1997 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 17/11/1997 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 17/11/1997 |
Ordenanza Municipal Nº 132/1997.C.D.
Allen, 14 de Octubre de 1997
VISTO:
La normativa existente a nivel nacional en materia de tránsito (Ley N° 24.449/94); y
CONSIDERANDO:
La necesidad de unificar normas que incluyan su consideración en el ámbito municipal, pero que necesariamente deban adaptarse a las especiales circunstancias y características locales;
Que existen exigencias y requisitos en el marco legal nacional que tornan de cumplimiento dificultoso sino imposible, su efectivo acatamiento y/o contralor en el ejido municipal;
Que la actual Ley regula el uso de la vía pública y es de aplicación a la circulación de personas, animales y vehículos terrestres en la misma y a las actividades vinculadas con el transporte, los vehículos, las personas, la estructura vial y el medio ambiente en cuanto fueren con causa de tránsito;
Que son autoridades de aplicación y comprobación de las normas contenidas de esta Ley, los Organismos Nacionales, Provinciales, Municipales que determinen las respectivas jurisdicciones;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 14-10-97, continuación de la iniciada el 9-10-97, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: DEROGASE la Ordenanza Municipal N° 121/92 de fecha 27 de Noviembre de 1992, promulgada por el Poder Ejecutivo Municipal mediante Resolución Municipal N° 1462/92.
Artículo 2°: ADHIERASE a la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449/94 a excepción de los Artículos N° 29 inciso C puntos 3, 4 y 5; Artículo N° 53 inciso b; Artículo N°84; Artículo N° 85, en la jurisdicción del Municipio de la Ciudad de Allen, en todo lo atinente a las cuestiones de competencia municipal.
Artículo 3°: MANTENGASE la vigencia de las Ordenanzas (Ordenanza General Impositiva N° 026/87 y sus modificatorias, Código de Procedimiento en materia de Faltas N° 031/92, Multas Código de Faltas N° 052/95) en todo lo que no se oponga a la presente, al igual que toda otra Ordenanza que contemple materias no reguladas en la Ley adherida.
Artículo 4°: Las materias que en virtud de las excepciones efectuadas en el Artículo 2° de la presente, queden sin regularización en el ámbito municipal,
serán objeto de reglamentación por medio de futuras Ordenanzas.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal N° 132/1997.C.D. - Resolución Municipal N° 0953/1997 (27/10/97)
ImprimirOrdenanza Municipal Nº 132/1997.C.D.
Allen, 14 de Octubre de 1997
VISTO:
La normativa existente a nivel nacional en materia de tránsito (Ley N° 24.449/94); y
CONSIDERANDO:
La necesidad de unificar normas que incluyan su consideración en el ámbito municipal, pero que necesariamente deban adaptarse a las especiales circunstancias y características locales;
Que existen exigencias y requisitos en el marco legal nacional que tornan de cumplimiento dificultoso sino imposible, su efectivo acatamiento y/o contralor en el ejido municipal;
Que la actual Ley regula el uso de la vía pública y es de aplicación a la circulación de personas, animales y vehículos terrestres en la misma y a las actividades vinculadas con el transporte, los vehículos, las personas, la estructura vial y el medio ambiente en cuanto fueren con causa de tránsito;
Que son autoridades de aplicación y comprobación de las normas contenidas de esta Ley, los Organismos Nacionales, Provinciales, Municipales que determinen las respectivas jurisdicciones;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 14-10-97, continuación de la iniciada el 9-10-97, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: DEROGASE la Ordenanza Municipal N° 121/92 de fecha 27 de Noviembre de 1992, promulgada por el Poder Ejecutivo Municipal mediante Resolución Municipal N° 1462/92.
Artículo 2°: ̶A̶D̶H̶I̶E̶R̶A̶S̶E̶ ̶a̶ ̶l̶a̶ ̶L̶e̶y̶ ̶N̶a̶c̶i̶o̶n̶a̶l̶ ̶d̶e̶ ̶T̶r̶á̶n̶s̶i̶t̶o̶ ̶N̶°̶ ̶2̶4̶.̶4̶4̶9̶/̶9̶4̶ ̶a̶ ̶e̶x̶c̶e̶p̶c̶i̶ó̶n̶ ̶d̶e̶ ̶l̶o̶s̶ ̶A̶r̶t̶í̶c̶u̶l̶o̶s̶ ̶N̶°̶ ̶2̶9̶ ̶i̶n̶c̶i̶s̶o̶ ̶C̶ ̶p̶u̶n̶t̶o̶s̶ ̶3̶,̶ ̶4̶ ̶y̶ ̶5̶;̶ ̶A̶r̶t̶í̶c̶u̶l̶o̶ ̶N̶°̶ ̶5̶3̶ ̶i̶n̶c̶i̶s̶o̶ ̶b̶;̶ ̶A̶r̶t̶í̶c̶u̶l̶o̶ ̶N̶°̶8̶4̶;̶ ̶A̶r̶t̶í̶c̶u̶l̶o̶ ̶N̶°̶ ̶8̶5̶,̶ ̶e̶n̶ ̶l̶a̶ ̶j̶u̶r̶i̶s̶d̶i̶c̶c̶i̶ó̶n̶ ̶d̶e̶l̶ ̶M̶u̶n̶i̶c̶i̶p̶i̶o̶ ̶d̶e̶ ̶l̶a̶ ̶C̶i̶u̶d̶a̶d̶ ̶d̶e̶ ̶A̶l̶l̶e̶n̶,̶ ̶e̶n̶ ̶t̶o̶d̶o̶ ̶l̶o̶ ̶a̶t̶i̶n̶e̶n̶t̶e̶ ̶a̶ ̶l̶a̶s̶ ̶c̶u̶e̶s̶t̶i̶o̶n̶e̶s̶ ̶d̶e̶ ̶c̶o̶m̶p̶e̶t̶e̶n̶c̶i̶a̶ ̶m̶u̶n̶i̶c̶i̶p̶a̶l̶.̶
ADHIERASE a la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449/94, sus modificaciones y reglamentaciones, a excepción de los Artículos N° 29 inciso C puntos 3, 4 y 5; Artículo N° 53 inciso b; Artículo N°84; Artículo N° 85 de la ley 24.449, en la jurisdicción del Municipio de la Ciudad de Allen, en todo lo atinente a las cuestiones de competencia municipal. (Modificado por O.M. Nº 020/2023)
Artículo 3°: MANTENGASE la vigencia de las Ordenanzas (Ordenanza General Impositiva N° 026/87 y sus modificatorias, Código de Procedimiento en materia de Faltas N° 031/92, Multas Código de Faltas N° 052/95) en todo lo que no se oponga a la presente, al igual que toda otra Ordenanza que contemple materias no reguladas en la Ley adherida.
Artículo 4°: Las materias que en virtud de las excepciones efectuadas en el Artículo 2° de la presente, queden sin regularización en el ámbito municipal,
serán objeto de reglamentación por medio de futuras Ordenanzas.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal N° 132/1997.C.D. - Resolución Municipal N° 0953/1997 (27/10/97)
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020/2023 | Modificación | 17/05/2023 |