logo

Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 07/09/2020  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 029/2020-(00000)  
Fecha de la publicación 12/09/2020  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 14/09/2020  
Controlado por INTENDENCIA  

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 051/2020

Allen, 14 de Agosto de 2020.-

 

VISTO:

  La Nota presentada por el Sr. Pablo Martín Espinazo - DNI 23.666.837; y

CONSIDERANDO:

  Que mediante la misma solicita autorización por vía de excepción, para fraccionar el Lote N.C. 04-1-C-456-19A quedando el mismo con una medida de 9,77 metros de frente y 55 metros de fondo, con una superficie de 537,352 metros cuadrados;

  Que el lote se encuentra ubicado en la Zona Corredor Mixto de nuestra ciudad;

  Que lo solicitado no cumple con lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 086/16.C.D. Plan Rector de Allen - Capitulo X “Condiciones Particulares de las Áreas y Zonas” - Sección 1 Condiciones Particulares para las Zonas de Regulación General del Área Urbana” - Subsección 2 “Condiciones Particulares para la Zona Corredor Mixto” - Punto 5 “Parcelamientos” Inc. b “Las dimensiones mínimas permitidas para las parcelas de la zona son las siguientes: (…) Lado mínimo: 10 m (diez metros)”;

  Que por lo expuesto en el Considerando anterior, resulta necesario elaborar una normativa por vía de excepción para tal fin;

  Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 14-08-2020, según consta en Acta Nº 1353, se aprobó el pertinente Proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de

ORDENANZA

 Artículo 1º: AUTORÍZASE por vía de excepción a la Ordenanza Municipal N° 086/16.C.D. Plan Rector de Allen - Capítulo X - Sección 1 - Subsección 2 - Punto 5 Inc. b, la cual establece que en la Zona Corredor Mixto la dimensión mínima permitida para las parcelas de la zona, con respecto al lado mínimo es de 10 metros, al Sr. Pablo Martín Espinazo, DNI 23.666.837, a proceder a la subdivisión del Lote N.C. 04-1-C-456-19A quedando con una medida en su frente de 9,77 metros según Proyecto de Fraccionamiento que como Anexo I forma parte de la presente.

Artículo 2º: ESTABLÉCESE que lo dispuesto en el Artículo 1° será por única vez y no podrán realizarse nuevamente excepciones en el Lote N.C. 04-1-C-456-19A, debiéndose regir por lo normado en la Ordenanza Municipal N° 086/16.C.D. Plan Rector de Allen.

Artículo 3º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.

Anexo adjunto

 

Ordenanza Municipal N°51 - Resolución Municipal N°1093/2020 (07/09/2020)

 

 

  Imprimir

Archivos adjuntos a esta norma

Anexo OM 51.pdf 

Descriptores de esta norma