Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 07/09/2020 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 029/2020-(00000) |
Fecha de la publicación | 12/09/2020 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 14/09/2020 |
Controlado por | INTENDENCIA |
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 051/2020
Allen, 14 de Agosto de 2020.-
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Pablo Martín Espinazo - DNI 23.666.837; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita autorización por vía de excepción, para fraccionar el Lote N.C. 04-1-C-456-19A quedando el mismo con una medida de 9,77 metros de frente y 55 metros de fondo, con una superficie de 537,352 metros cuadrados;
Que el lote se encuentra ubicado en la Zona Corredor Mixto de nuestra ciudad;
Que lo solicitado no cumple con lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 086/16.C.D. Plan Rector de Allen - Capitulo X “Condiciones Particulares de las Áreas y Zonas” - Sección 1 Condiciones Particulares para las Zonas de Regulación General del Área Urbana” - Subsección 2 “Condiciones Particulares para la Zona Corredor Mixto” - Punto 5 “Parcelamientos” Inc. b “Las dimensiones mínimas permitidas para las parcelas de la zona son las siguientes: (…) Lado mínimo: 10 m (diez metros)”;
Que por lo expuesto en el Considerando anterior, resulta necesario elaborar una normativa por vía de excepción para tal fin;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 14-08-2020, según consta en Acta Nº 1353, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: AUTORÍZASE por vía de excepción a la Ordenanza Municipal N° 086/16.C.D. Plan Rector de Allen - Capítulo X - Sección 1 - Subsección 2 - Punto 5 Inc. b, la cual establece que en la Zona Corredor Mixto la dimensión mínima permitida para las parcelas de la zona, con respecto al lado mínimo es de 10 metros, al Sr. Pablo Martín Espinazo, DNI 23.666.837, a proceder a la subdivisión del Lote N.C. 04-1-C-456-19A quedando con una medida en su frente de 9,77 metros según Proyecto de Fraccionamiento que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2º: ESTABLÉCESE que lo dispuesto en el Artículo 1° será por única vez y no podrán realizarse nuevamente excepciones en el Lote N.C. 04-1-C-456-19A, debiéndose regir por lo normado en la Ordenanza Municipal N° 086/16.C.D. Plan Rector de Allen.
Artículo 3º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
Anexo adjunto
Ordenanza Municipal N°51 - Resolución Municipal N°1093/2020 (07/09/2020)