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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado VIGENTE MODIFICADA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 07/09/2020  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 029/2020-(00000)  
Fecha de la publicación 12/09/2020  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance GENERAL  
Fecha en que se analizó 14/09/2020  
Controlado por INTENDENCIA  

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 052/2020.C.D.-

 

Allen, 14 de Agosto de 2020.-

VISTO:

  La necesidad de afianzar la autogestión para las familias de escasos recursos y en situación de vulnerabilidad de la Ciudad; y

CONSIDERANDO:

  Que la problemática de la falta de acceso al gas natural y el alto costo de la energía eléctrica, y de las tarifas en general, producto de los aumentos tarifarios realizados en los mercados. Lo que los obliga a calefaccionarse con sistemas alternativos, entre ellos las estufas de combustión que utilizan distintos combustibles renovables (leña, carbón vegetal, etc.) y no renovables (gas envasado, kerosén, gas oíl, etc.);

  Que si bien las estufas con hogar cerrado y chimenea tienen una adecuada evacuación del humo, en el caso de las estufas comunes como las salamandras de hierro, su rendimiento es de un 30% a 50%;

  Que entre los beneficios de la estufa SARA se encuentran el bajo costo de construcción, es más segura, funciona con leña fina y no tiene la llama expuesta porque tiene una puerta. Este sistema, supera los problemas de las estufas mencionadas anteriormente ya que transmite al ambiente interior más del 70% del calor entregado por la combustión de la leña; se construye con materiales que tienen gran capacidad de acumular calor, como la mampostería, adobe o piedras, que aún estando apagada sigue entregando calor al ambiente durante varias horas;

  Que a su vez son muy indicadas para las zonas frías, donde se requiere calefacción estable sobre todo durante la noche y la madrugada. Es un sistema ideal para los lugares con muy bajas temperaturas, incluso se utiliza en Rusia, porque retiene más el calor y los ambientes duran más tiempo calefaccionados;

  Que además del aprovechamiento calórico y su contribución al ahorro energético, disminuye la contaminación ambiental (por combustión mejorada) como reducción de emisión monóxido de carbono y alquitranes y promueve la forestación/reforestación con biodiversidad dentro del concepto de sustentabilidad. Es decir, no solo apunta a mejorar la calidad de vida de la persona, sino también a mejorar el cuidado del medio ambiente;

  Que, por todas estas razones la estufa Argentina SARA fue declarada de Interés Nacional como la estufa Social de Alto Rendimiento Argentina SARA, por La Comisión de Ciencia y Tecnología del Honorable Senado de la Nación Argentina, por sus impresionantes capacidades para generar calor y la eficiencia en mantenerlo. Desarrollada por un equipo de profesionales del INTI, el CONICET y la Universidad de Buenos Aires;

  Que en la actualidad, la estufa SARA está siendo promocionada y ya construidas en diferentes ciudades del país, tales como San Martín de los Andes en Neuquén, en la ciudad costera de Miramar, Jocolí en Mendoza, Bariloche y Villa Regina en Río Negro. También en las Provincias de Santa Fe, Córdoba, Chubut y Santa Cruz;

  Que en estos antecedentes se han utilizado elementos como adobes, refractarios tales como tejuelas y ladrillos, y elementos metálicos;

  Que en la Carta Orgánica, en el Capítulo Único - Declaraciones Generales - Artículo 5° - Inc. a) nos insta a promover y proteger la salud, mejorar la calidad de vida de toda la población;

  Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 14-08-2020, según consta en Acta Nº 1353 se aprobó el pertinente Proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Artículo 1º: CRÉASE el Programa de Capacitación y Auto-Construcción de Estufas SARA (Estufa Social de Alto Rendimiento Argentina), según el Manual de auto-constructores que como Anexo I forma parte de la presente, creada y homologada por el INTI y el CONICET, con la finalidad de afianzar la autogestión para las familias de escasos recursos y en situación de vulnerabilidad de la Ciudad.

Artículo 2º: A los fines de cumplimentar el Programa propuesto en el Artículo 1°, la construcción y capacitación, se llevará a cabo dando prioridad a los hogares con mayor grado de vulnerabilidad, para lo que se habilitará en la Secretaría de Desarrollo Humano Municipal un Registro para la inscripción de los beneficiarios, siendo dicha Secretaría Municipal quien determine el cronograma, de acuerdo a los requerimientos y necesidades que arrojen los Informes socio-económicos correspondientes.

Artículo 3º: El Municipio afectará los recursos necesarios para la difusión, promoción y formación de esta técnica constructiva en coordinación con organizaciones sociales, instituciones públicas y profesionales especialistas en la materia.

Artículo 4º: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal a adquirir los materiales con destino a la construcción de las estufas, los que serán distribuidos entre los beneficiarios del Programa.

Artículo 5º: Los gastos que demande la presente Ordenanza por el Programa de Capacitación y Auto-construcción de las Estufas Sara serán con cargo al Presupuesto Municipal próximo.

Artículo 6º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.

 

Ordenanza Municipal N°52 - Resolución Municipal N° 1094/2020 (07/09/2020)

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