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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado VIGENTE  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 10/05/2022  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 019/2022-(00955)  
Fecha de la publicación 27/05/2022  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 27/05/2022  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 27/05/2022  

Ordenanza Municipal Nº 14/2022.C.D. 

Allen, 28 de Abril de 2022

VISTO: 

La Ordenanza Municipal Nº 075/20 C.D.; y 

CONSIDERANDO: 

Que el Artículo 1° de dicha Ordenanza Municipal aprueba el “Protocolo de Trabajo para la prestación y utilización del servicio de transporte público de pasajeros en su modalidad Taxis y Radio Taxis"

Que su Anexo I resulta ser como de “cumplimiento obligatorio”; 

Que según el Artículo 3° de dicha Ordenanza Municipal, aplica multas a aquellos titulares de licencia de servicio de Taxi y/o Radio Taxi en caso de incumplimiento del protocolo; 

Que los índices de Covid-19 detectable han disminuido en gran medida, como así también su letalidad; 

Que la mayor parte de la población ya posee las tres dosis de las vacunas acreditadas; 

Que luego de dos años de pandemia, las medidas para combatirlo han menguado en gran parte; 

Que es necesario volver a la “normalidad” progresivamente; 

Que el uso de barbijos ya no es obligatorio en los centros de educación, sino solo optativo; 

Que se vuelve algo molesto en la cotidianidad, tanto para el chofer como para el pasajero del taxi, mantener este requerimiento en el interior de vehículo; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 28-04-2022, según consta en Acta Nº 1426, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1°: MODIFÍCASE la segunda medida de seguridad, estipulada en el Anexo I de la O.M. N° 075/2020.C.D., la que quedará redactada de la siguiente manera: “SEGUNDA: Cada titular o chofer de un vehículo tendrá la opción de disponer de la instalación de un dispositivo sanitario de aislamiento preventivo que asegure la división entre los asientos delanteros, de los traseros y de piso y techo, únicamente con una abertura/ventanilla con cierre dispuesto con abrojo o similar para realizar el pago del viaje”

Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-

 

Ordenanza Municipal Nº 14/2022.C.D. - Resolución Municipal Nº 0740/2022 (10/05/22)

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Acciones sobre otras normas

Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
075/2020 Modificación 03/06/2022