Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | VIGENTE |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 23/12/1992 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 000/0000-(00000) |
Fecha de la publicación | 30/12/1992 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 30/12/1992 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 30/12/1992 |
Ordenanza Municipal Nº 176/1992.C.D.
Allen, 17 de Diciembre de 1992
VISTO:
Las solicitudes efectuadas por distintos vecinos de nuestra Cuidad para la venta ambulante de diversos productos regionales; y
CONSIDERANDO:
Que la crítica situación económico-laboral en que se encuentra nuestra región no puede ser ignorada por este cuerpo legislativo;
Que en la Provincia de Río Negro no se ha detectado casos de Cólera alguno;
Que la Ordenanza Municipal N° 003/92. autoriza solamente la venta y comercialización en la vía Pública de productos alimenticios que contengan marca registrada y contenidos en su envase original;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 17-12-92, según consta en Acta N° 141, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: MODIFIQUESE el articulo 1° de la Ordenanza Municipal 003/92, el cuál quedará redactado de la siguiente manera: AUTORICESE solamente la venta y comercialización en la vía pública de productos alimenticios que contengan marca registrada y contenidos en su envase original, a excepción de aquellos productos alimenticios producidos dentro de la Provincia de Río Negro.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal N° 176/1992.C.D. - Resolución Municipal Nº 1828/1992 (23/12/92)
ImprimirNúmero | Acción | Fecha | Artículos activos | Artículos pasivos | |
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003/1992 | Modificación | 08/01/1993 |