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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 10/05/2012  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 007/2012-(00674)  
Fecha de la publicación 23/05/2012  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 23/05/2012  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 23/05/2012  

Ordenanza Municipal Nº 11/2012.C.D. 

Allen, 26 de Abril de 2012

VISTO: 

La necesidad de honrar y recordar a nuestros patriotas y allenses (ex Combatientes y Movilizados); concientizar a los ciudadanos y reafirmar nuestra soberanía sobre las Islas Malvinas; y 

CONSIDERANDO: 

Que el Gobierno Nacional, al cumplirse los 30 años del intento de recuperación de nuestra islas del Atlántico Sur y sus espacios marinos circundantes, y reafirmando la soberanía sobre las mismas brega con toda decisión y respeto por su devolución y es el mejor homenaje que se puede hacer a quienes cayeron en la defensa de la soberanía Argentina; 

Que recientemente, el Gobierno Nacional ha presentado sus protestas formales ante los ejercicios militares, que el Reino Unido realizó en las islas en el 2010, ejercicios que contradicen abiertamente la Resolución 41/39 de las Naciones Unidas, donde se solicita a las partes que se abstengan de producir acciones unilaterales en el territorio de las islas en disputa, mientras no se ponga en marcha la negociación de soberanía entre las partes; 

Que el pasado mes de Diciembre, en el marco de la XLII cumbre de Jefes de Estados del MERCOSUR, bloque integrado por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, los Presidentes de la región dispusieron no permitir en sus puertos el arribo de barcos que enarbolen la bandera de Islas Malvinas; 

Que el 2 de Abril pasado en el acto oficial, al iniciar su mensaje, la Jefa de Estado dijo que “…venimos a ofrecer el reconocimiento a los hombres que lucen sobre sus pechos las medallas y condecoraciones que supieron conseguir con honor y valor en el campo de batalla… venimos en memoria de los cientos de jóvenes que vinieron a combatir aquí y dieron sus vidas… Por qué será que la Historia, siempre se lleva a los jóvenes en los momentos difíciles”

Que teniendo en cuenta que en el mes de agosto del 2012, la lucha por recuperar nuestra soberanía sobre las islas cumple 180 años; 

Que institucionalmente la ciudad de Allen toma la bandera en defensa de nuestra soberanía sobre el suelo de las islas, a 30 años del conflicto con Inglaterra; 

Que la ciudad de Allen de esta manera instala en la comunidad la memoria y la justicia de quienes participaron de esta gesta; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 26/04/2012, según consta en Acta Nº 1017, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: ESTABLÉCESE a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, la obligatoriedad de incorporar a partir de esta gestión la leyenda “CIUDAD DE ALLEN - HONOR Y GLORIA A NUESTROS HÉROES”, a toda la documentación que se emita desde el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y el Poder de Contralor de la Ciudad de Allen, acompañada con el dibujo de las Islas y el logo SON ARGENTINAS.

Artículo 2º: DISPÓNESE que dicha leyenda deberá figurar a pie de página de toda documental escrita, impresa, grabada, digitalizada, etc. que sea utilizada o a utilizar por la Municipalidad, el Concejo Deliberante y el Tribunal de Cuentas de la ciudad de Allen.

Artículo 3º: A los fines de economizar recursos, será permitida la circulación y el uso de hojas y sobres ya impresos que no contaran con dicho texto hasta su total extinción.

Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.- 

 

Ordenanza Municipal Nº 11/2012.C.D. - Resolución Municipal Nº 0420/2012 (10/05/12)

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