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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 16/08/2012  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 015/2012-(00682)  
Fecha de la publicación 27/08/2012  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 27/08/2012  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 27/08/2012  

Ordenanza Municipal Nº 44/2012.C.D.

Allen, 2 de Agosto de 2012

VISTO: 

La aplicación de las Ordenanzas Municipales Nº 022/08, Nº035/08 y Nº073/10 que imponen que se abone un importe que supera varias veces el valor del vehículo secuestrado; y 

CONSIDERANDO: 

Que dado el tiempo transcurrido requiere que se abone un importe por estadía que contempla los gastos por mantener dicho vehículo; 

Que el tiempo transcurrido es de tres (3) años y el importe de $ 120.000 (pesos ciento veinte mil) no refleja para nada el costo real de dicha estadía y supera muy ampliamente el valor del vehículo; 

Que el Sr. Alejandro Moraga en su momento abonó la multa correspondiente, con fecha 26/08/11 y presentó la documentación correspondiente al vehículo secuestrado; 

Que habiendo presentado la documentación vehicular, no hay motivos para retener el vehículo, sólo el pago por estadía que establecen las Ordenanzas Municipales Nº 022/08, Nº 035/08 y Nº 073/10; 

Que el Sr. Moraga manifiesta que no pudo cumplimentar el trámite, dado que para hacer la transferencia del vehículo se requería al dueño anterior que no se encontraba en el país por lo que no pudo ubicarlo; 

Que dicha información fue avalada por la Gestora que realizó el trámite correspondiente; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 02/08/12, según consta en Acta Nº 1029, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: CONDÓNASE la deuda existente en concepto de Multa por Secuestro y Estadía de moto vehículo al Sr. Alejandro Moraga DNI 36.092.723.

Artículo 2º: FÍJASE como único gasto de estadía la suma de Pesos Dos Mil Ochocientos ($2.800) que será abonada en seis (6) cuotas iguales, mensuales y consecutivas por el Sr. Alejandro Moraga DNI 36.092.723.

Artículo 3º: ESTABLÉCESE que el Sr. Alejandro Moraga DNI 36.092.723 deberá presentar fotocopia de DNI, los últimos 6 (seis) recibos de haberes y un servicio a su nombre o en su defecto una garantía que reúna los mismos requisitos. 

Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.- 

 

Ordenanza Municipal Nº 44/2012.C.D. - Resolución Municipal Nº 0830/2012 (16/08/12)

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