Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 20/12/2010 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 032/2010-(00638) |
Fecha de la publicación | 20/12/2010 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 20/12/2010 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 20/12/2010 |
Ordenanza Municipal Nº 166/2010.C.D.
Allen, 16 de Diciembre de 2010
VISTO:
El Convenio de Aportes Nº 139/10, Expediente Nº 501: 0193519/10, suscripto entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca representado por el señor Ministro, Don Julián Andrés Domínguez y el Gobierno de la Provincia de Río Negro representada por el señor Gobernador, Don Miguel Ángel Saiz, de fecha 23 de Junio de 2010 Y la Nota de fecha 02 de Diciembre de 2010 de la Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca; y
CONSIDERANDO:
Que actualmente el Sector Frutícola de la Provincia de Río Negro atraviesa una pérdida de competitividad frente a los países competidores y una alta vulnerabilidad respecto a las variables del contexto;
Que los principales factores que afectan a la competitividad son la falta de una estrategia sectorial, la baja productividad comercial, el aumento de los costos internos, el atraso en las inversiones en servicios, infraestructura, tecnología y modernización productiva y el escaso nivel de asociatividad entre los eslabones de la cadena productiva;
Que por otro lado los pequeños productores no consiguen la rentabilidad necesaria para adecuar su estructura productiva y cumplir con los mínimos requerimientos de calidad para acceder a la comercialización;
Que los pequeños productores carecen de autonomía y de maneras de preservar su producción y de esta manera mejorar sus rindes;
Que a su vez, además de las problemáticas mencionadas, existe también un alto porcentaje de falta de mano de obra capacitada en todas las etapas de la cadena productiva, generando retrasos en la cosecha y por consiguiente se sobrepasa la capacidad de almacenamiento y enfriado en empaque provocando un cuello de botella en la cadena que genera ineficiencias de conjunto en el sector;
Que a los fines de concretar las acciones tendientes al mejoramiento de las condiciones de los productores agropecuarios, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca contribuirá con asistencia financiera para promover y fortalecer los sectores productivos seleccionados para su ejecución en jurisdicción de la Provincia de Río Negro siendo la suma a transferir a la ciudad de Allen, de hasta Pesos Un Millón Quinientos Mil con 00/100 ($1,500,000.00);
Que la suma aportada será exclusivamente destinada a financiar total o parcialmente la ejecución de proyectos productivos presentados por los Municipios y que resulten elegibles y aprobados por el Ministerio;
Que mediante Nota de fecha 02 de Diciembre de 2010 de la Secretaria de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, se aprobó el proyecto productivo para la adquisición de un frigorífico en funcionamiento, a nombre de la Municipalidad de Allen con opción a comodato a la Cámara de Fruticultores local;
Que existe propuesta del Sr. Eduardo Roberto García, de fecha 01 de Diciembre de 2010, para la compra de un Frigorífico de su propiedad, identificado catastralmente como 04-1-B-517-01 con una superficie de seis mil novecientos seis (6.906) metros cuadrados por la suma de Cuatrocientos Ochenta Mil Dólares Estadounidenses (U$S 480,000)-al 06 de Diciembre de 2010, asciende a la suma de Pesos Un Millón Novecientos Veinte Mil con 00/100 ($1,920,000.00);
Que el valor se corresponde con el de mercado, según puede constatarse en las tasaciones de "Martinolich Propiedades" de Carlos Maglio Martinolich por Cuatrocientos Noventa Mil Dólares Estadounidenses (U$S 490,000), "Juan J.L. Marín" de Juan José Luis Marín por Cuatrocientos Setenta Mil Dólares Estadounidenses (U$S 470,000) y "Silver Inmobiliaria" de Omar E. Sánchez por Pesos Dos Millones Doscientos Mil ($2,200,000), todas de fecha 03 de Diciembre de 2010;
Que la diferencia entre el aporte del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y el valor del Inmueble a abonar sea con fondos públicos provenientes del Estado Provincial, Nacional y Municipal;
Que con la compra de dicho Inmueble se obtendrá la disminución de costos para los pequeños y medianos productores, fortaleciendo, además, nuevos y distintos mercados;
Que el Municipio logrará la capitalización cumpliendo con el programa de infraestructura; Que con respecto a la forma de pago, domicilio y escrituración, el Municipio se reserva la facultad de fijar en el ámbito municipal; Que en Sesión Extraordinaria del Concejo Deliberante, celebrada el 16/12/10, según consta en Acta N° 961, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal la gestión de compra del Frigorífico propiedad del Sr. Eduardo Roberto García, Nomenclatura Catastral 04-1-B-517-01, con una superficie de Seis Mil Novecientos Seis (6.906) metros cuadrados.
Artículo 2°: FÍJASE como cifra tope de negociación a la suma de $ 1.920.000 (Un Millón novecientos veinte mil pesos) al valor de compra del inmueble mencionado en el Artículo precedente.
Artículo 3°: El Convenio de pago deberá ser homologado por este Concejo Deliberante.
Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 166/2010.C.D. - Resolución Municipal Nº 1787/2010 (20/12/10)
ImprimirNúmero | Acción | Fecha | Artículos activos | Artículos pasivos | |
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004/2011 | Reglamenta | 24/02/2011 |