Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | VIGENTE |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 29/04/2011 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 007/2011-(00645) |
Fecha de la publicación | 29/04/2011 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 29/04/2011 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 29/04/2011 |
Ordenanza Municipal Nº 15/2011.C.D.
Allen, 14 de Abril de 2011
VISTO:
Las Ordenanzas Municipales Nº 017/09 y Nº 125/96 y las modificatorias realizadas a ambas, Nº 013/2011 y Nº 050/04 respectivamente; y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza 017/09 establece el cierre definitivo de los registros de oposición 001/08 y 002/08, declara de Utilidad Pública y pago obligatorio para los frentistas beneficiados con las mencionadas obras de asfalto y cordón cuneta y establece el costo estimativo de la obra referida;
Que la Ordenanza 014/11 establece el costo definitivo de la obra de cordón cuneta y pavimento referenciadas en la Ordenanza 017/09;
Que la Ordenanza 125/96 establece las distintas alternativas de ejecución de obras públicas;
Que la Ordenanza 050/04 establece las formas de pago por las que podrán optar los frentistas, a saber: Contado, 12 (doce), 24 (veinticuatro) y 36 (treinta y seis) cuotas;
Que la Obra de Cordón Cuneta en calle Lago Mascardi y Pavimento en calles Pellegrini, Perito Moreno y Juan Manuel de Rosas, según detalle obrante en Ordenanza Municipal Nº 017/09, se ha financiado mediante convenio pactado entre Viarse y el Municipio de Allen;
Que los recursos financieros para hacer frente a dicho convenio han surgido del “Fondo Solidario Sojero”, instrumento de coparticipación nacional implementado a partir del mes de marzo del 2009 por el Decreto Nº 206 del Poder Ejecutivo Nacional con la finalidad de financiar, en Provincias y Municipios, obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales, “con expresa prohibición de utilizar las sumas que lo compongan para el financiamiento de gastos corrientes”;
Que resulta plausible compensar los dineros públicos utilizados, para ser nuevamente redistribuidos en otros sectores de la población que aún no cuentan con la infraestructura de cordón cuneta y asfalto;
Que los montos calculados para cada frentista en particular no se condicen con la realidad socioeconómica de los sectores geográficos beneficiados, habiéndose recepcionado diversas inquietudes sobre el monto final a pagar por cada uno de los vecinos beneficiados por la obra mencionada;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 14/04/2011, según consta en Acta Nº 971, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: BONIFÍQUESE a los frentistas beneficiados por la obra de Cordón Cuneta y asfalto referidas en la Ordenanza Municipal Nº 017/09, con un descuento del 70% (setenta por ciento), quedando a su cargo el 30 (treinta) por ciento del valor calculado en particular para cada uno de ellos.
Artículo 2º: FACÚLTASE al Poder Ejecutivo Municipal a crear la partida presupuestaria que correspondiere para ingresar los pagos por parte de los contribuyentes obligados mediante las liquidaciones que pertenecieren a cada uno de ellos.
Artículo 3º: Los montos ingresados por el concepto detallado en el Artículo precedente, serán destinados a nuevas obras de cordón cuneta y pavimento.
Artículo 4º: Los contribuyentes podrán optar por acogerse a las diversas formas de pago planteadas en la Ordenanza Municipal Nº 050/04.
Artículo 5º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 15/2011.C.D. - Resolución Municipal Nº 0487/2011 (29/04/11)
ImprimirNúmero | Acción | Fecha | Artículos activos | Artículos pasivos | |
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017/2009 | Reglamenta | 06/05/2011 |