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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 11/05/2011  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 008/2011-(00646)  
Fecha de la publicación 17/05/2011  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 17/05/2011  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 17/05/2011  

Ordenanza Municipal Nº 22/2011.C.D.

Allen, 28 Abril de 2011

VISTO: 

La Nota Nº 041/11 del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales; y 

CONSIDERANDO: 

Que el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales, por la mencionada nota solicita reconsideración de la decisión de adjudicación en venta de los lotes designados catastralmente como 04-1-B344-01, 02, 03 y 04 a dicho Sindicato y se proceda a la adjudicación en venta a los adjudicatarios, Agentes Municipales, tal cual lo requerido oportunamente en el año próximo pasado; 

Que por Nota Nº 122/10 S.O.Y.E.M., informa que el Señor Andrés Antonio Avilés, en calidad de afiliado ha sido adjudicatario del lote, designación catastral 04-1-B-344-03-F000; 

Que de acuerdo al inciso f) del Artículo 28º de la Carta Orgánica Municipal, el Concejo Deliberante tiene la atribución para disponer de los Bienes Municipales; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 28/04/11, según consta en Acta Nº 972, se aprobó el pertinente proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: ADJUDÍCASE en venta al Señor Andrés Antonio Avilés DNI Nº 25.277.523 el inmueble designado catastralmente 04-1-B-344-03 F000, cuyas medidas y linderos surgen del Plano de Mensura Nº 351/95; con destino exclusivo y excluyente a la construcción de una vivienda unifamiliar.

Artículo 2º: FÍJASE el precio total del inmueble designado catastralmente 04-1-B-344-03 F000 en pesos veinticinco mil ($25.000,00) pagaderas en 120 cuotas fijas y consecutivas, concediéndose dos años de gracia, a partir de la vigencia de la presente Ordenanza Municipal.

Artículo 3º: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal – Secretaría de Hacienda al descuento de la cuota pertinente que se cita, en el haber mensual que percibe como Agente Municipal el Sr. Andrés Antonio Avilés, Legajo 1206.

Artículo 4º: ESTABLÉCESE que en caso de desvinculación del Sr. Andrés Antonio Avilés como Agente Municipal durante el período de pago (120 cuotas mensuales) por cualquier motivo y/o causa; la Municipalidad de Allen se reserva el derecho de descontar el monto total que se adeude por el inmueble; en la liquidación final que correspondiere. Caso contrario la Municipalidad de Allen se reserva el derecho de cobro por la vía legal que correspondiere.- 

Artículo 5º: ESTABLÉCESE que el inmueble no puede ser transferido, ni cedido y/o vendido a terceros durante el lapso de pago del mismo y la construcción de la vivienda unifamiliar debe estar construida al término del pago total que se fija en el Artículo 2º. A la falta de cumplimiento de lo detallado (venta y/o construcción), perderá los derechos legales sobre el inmueble tanto el adjudicatario como los terceros, reservándose la Municipalidad de Allen el derecho de disponer del inmueble.

Artículo 6º: ESTABLÉCESE que el inmueble cuya Nomenclatura Catastral es: 04-1-B-344-03-F000 de la localidad de Allen debe ser escriturado a favor del Sr. Andrés Antonio Avilés, una vez que se cancele el monto total del valor correspondiente del inmueble mencionado, siendo los costos escriturales y/o registrales a cargo del adjudicado.

Artículo 7º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.- 

 

Ordenanza Municipal Nº 22/2011.C.D. - Resolución Municipal Nº 0537/2011 (11/05/11)

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