Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 11/05/2011 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 008/2011-(00646) |
Fecha de la publicación | 17/05/2011 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 17/05/2011 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 17/05/2011 |
Ordenanza Municipal Nº 22/2011.C.D.
Allen, 28 Abril de 2011
VISTO:
La Nota Nº 041/11 del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales; y
CONSIDERANDO:
Que el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales, por la mencionada nota solicita reconsideración de la decisión de adjudicación en venta de los lotes designados catastralmente como 04-1-B344-01, 02, 03 y 04 a dicho Sindicato y se proceda a la adjudicación en venta a los adjudicatarios, Agentes Municipales, tal cual lo requerido oportunamente en el año próximo pasado;
Que por Nota Nº 122/10 S.O.Y.E.M., informa que el Señor Andrés Antonio Avilés, en calidad de afiliado ha sido adjudicatario del lote, designación catastral 04-1-B-344-03-F000;
Que de acuerdo al inciso f) del Artículo 28º de la Carta Orgánica Municipal, el Concejo Deliberante tiene la atribución para disponer de los Bienes Municipales;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 28/04/11, según consta en Acta Nº 972, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: ADJUDÍCASE en venta al Señor Andrés Antonio Avilés DNI Nº 25.277.523 el inmueble designado catastralmente 04-1-B-344-03 F000, cuyas medidas y linderos surgen del Plano de Mensura Nº 351/95; con destino exclusivo y excluyente a la construcción de una vivienda unifamiliar.
Artículo 2º: FÍJASE el precio total del inmueble designado catastralmente 04-1-B-344-03 F000 en pesos veinticinco mil ($25.000,00) pagaderas en 120 cuotas fijas y consecutivas, concediéndose dos años de gracia, a partir de la vigencia de la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 3º: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal – Secretaría de Hacienda al descuento de la cuota pertinente que se cita, en el haber mensual que percibe como Agente Municipal el Sr. Andrés Antonio Avilés, Legajo 1206.
Artículo 4º: ESTABLÉCESE que en caso de desvinculación del Sr. Andrés Antonio Avilés como Agente Municipal durante el período de pago (120 cuotas mensuales) por cualquier motivo y/o causa; la Municipalidad de Allen se reserva el derecho de descontar el monto total que se adeude por el inmueble; en la liquidación final que correspondiere. Caso contrario la Municipalidad de Allen se reserva el derecho de cobro por la vía legal que correspondiere.-
Artículo 5º: ESTABLÉCESE que el inmueble no puede ser transferido, ni cedido y/o vendido a terceros durante el lapso de pago del mismo y la construcción de la vivienda unifamiliar debe estar construida al término del pago total que se fija en el Artículo 2º. A la falta de cumplimiento de lo detallado (venta y/o construcción), perderá los derechos legales sobre el inmueble tanto el adjudicatario como los terceros, reservándose la Municipalidad de Allen el derecho de disponer del inmueble.
Artículo 6º: ESTABLÉCESE que el inmueble cuya Nomenclatura Catastral es: 04-1-B-344-03-F000 de la localidad de Allen debe ser escriturado a favor del Sr. Andrés Antonio Avilés, una vez que se cancele el monto total del valor correspondiente del inmueble mencionado, siendo los costos escriturales y/o registrales a cargo del adjudicado.
Artículo 7º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 22/2011.C.D. - Resolución Municipal Nº 0537/2011 (11/05/11)
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