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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 01/06/2011  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 010/2011-(00648)  
Fecha de la publicación 10/06/2011  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 10/06/2011  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 10/06/2011  

Ordenanza Municipal Nº 27/2011.C.D.

Allen, 19 de Mayo de 2011

VISTO: 

La nota presentada por la Sra. María Inés Elías; y 

CONSIDERANDO: 

Que por la misma, solicita financiación a los efectos de abonar la deuda Municipal, acorde a sus posibilidades; 

Que la situación económica de la Señora de referencia, no le permitió cumplir con su obligación tributaria municipal atrasada, por lo que se encuentra condicionada para abonar la misma; 

Que la deuda contraída no puede ser cancelada de acuerdo a las normas vigentes, por el monto elevado de la misma; 

Que el Artículo 76º de la Carta Orgánica Municipal, establece: "Las exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia"

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 19/05/11, según consta en Acta Nº 975, se aprobó el pertinente proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal – Secretaría de Hacienda- Dirección de Recaudaciones por vía de excepción a las normas legales correspondientes, a convenir un plan de pago con la Sra. María Inés Elías D.N.I. 24.667.307 por el total de la deuda Municipal en cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $ 100 (pesos cien) por los motivos expuestos en los considerandos.

Artículo 2º: ESTABLÉCESE un plazo de 60 (sesenta) días a partir de la vigencia de la presente, para formalizar el plan de pago por la deuda Municipal entre la Sra. María Inés Elías y el Poder Ejecutivo Municipal-Secretaría de Hacienda Dirección de Recaudaciones. En caso de incumplimiento de la formalización del plan de pagos en dicho plazo, queda sin efecto lo establecido en el Artículo 1º de la presente Ordenanza Municipal.

Artículo 3º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.- 

 

Ordenanza Municipal Nº 27/2011.C.D. - Resolución Municipal Nº 0626/11 (01/06/11)

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