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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 24/10/2022  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 049/2022-(00985)  
Fecha de la publicación 25/10/2022  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 25/10/2022  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 25/10/2022  

Ordenanza Municipal Nº 50/2022.C.D.

Allen, 13 de Octubre de 2022

VISTO: 

La Nota presentada por los Sres. Susana Beatríz Painemilla –DNI 33.342.511 y Carlos Adrián Molina –DNI 25.067.717; y 

CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma el Sr. Carlos Adrián Molina –DNI 25.067.717, solicita autorización para transferir adelantos del Lote N.C. 04-1-C-273-04-004, ubicado en el Barrio El Progreso, a la Sra. Susana Beatríz Painemilla –DNI 33.342.511, para ser reconocida como Ocupante; 

Que no existen inconvenientes en acceder a lo peticionado, según consta en Acta N° 086/2022 de la Comisión de Gobierno; 

Que dicho reconocimiento será al solo efecto de regularizar los servicios domiciliarios a su nombre; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 13- 10-2022, según consta en Acta Nº 1445, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1°: AUTORIZAR al Sr. Carlos Adrián Molina –DNI 25.067.717 a transferir los adelantos del Lote N.C. 04-1-C-273-04-004, ubicado en el Barrio El Progreso a favor de la Sra. Susana Beatríz Painemilla –DNI 33.342.511. 

Artículo 2°: RECONÓCESE como Ocupante del Lote N.C. 04-1-C-273-04-004, ubicado en el Barrio El Progreso a favor de la Sra. Susana Beatríz Painemilla –DNI 33.342.511, hasta tanto se cuente con la regularización que permita la adjudicación definitiva, por los motivos expuestos en los Considerandos. 

Artículo 3°: ESTABLÉCESE que el Reconocimiento de Ocupación será al solo efecto de conectar los servicios domiciliarios correspondientes a la zona. 

Artículo 4°: COMUNÍCASE al Poder Ejecutivo Municipal, y por su intermedio a la Dirección General de Gestión Territorial, dependiente de la Secretaría de Planeamiento de la presente ocupación, y a la Dirección General de Ingresos Públicos, dependiente de la Secretaría de Hacienda, a los efectos de registrar como responsable tributario a la Sra. Susana Beatríz Painemilla –DNI 33.342.511 del Lote N.C. 04-1-C-273-04-004, ubicado en el Barrio El Progreso. 

Artículo 5°: ESTABLÉCESE que el Poder Ejecutivo Municipal deberá registrar el reconocimiento de ocupación, una vez que la/el encargado de pago haya cancelado la deuda en concepto de Tasas Retributivas o realizado el plan de pago de la misma. 

Artículo 6°: OTÓRGASE un plazo máximo de sesenta (60) días corridos a partir de la entrada en vigencia de la presente, para solicitar los servicios domiciliarios a nombre de la Sra. Susana Beatríz Painemilla –DNI 33.342.511. Una vez realizada la solicitud, la encargada de pago deberá presentar comprobante de cancelación del plan de pago de Tasas Retributivas ante el Poder Ejecutivo Municipal y ante el Poder Legislativo para anexar al Expediente correspondiente. 

Artículo 7°: ESTABLÉCESE que el Lote N.C. 04-1-C-273-04-004, ubicado en el Barrio El Progreso no puede ser vendido ni cedido a terceros. En cuanto a los adelantos construidos, en caso de ser vendidos, deberá solicitar la autorización de transferencia de los mismos ante este Poder Legislativo, una vez transcurridos Cinco (5) años desde la vigencia de la presente normativa. 

Artículo 8°: ESTABLÉCESE que el presente reconocimiento de ocupación, no legitima la titularidad dominial del inmueble N.C. 04-1-C-273-04-004. 

Artículo 9°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.- 

 

Ordenanza Municipal Nº 50/2022.C.D. - Resolución Municipal N° 1628/2022 (24/10/22)

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