logo

Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado VIGENTE  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 20/12/2021  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 039/2021-(00934)  
Fecha de la publicación 23/12/2021  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 23/12/2021  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 23/12/2021  

Ordenanza Municipal N° 104/2021.C.D.

Allen, 14 de diciembre de 2021

VISTO: 

El Código Fiscal Municipal y las Ordenanzas Municipales N° 066/90 C.D., 089/92 C.D., 111/92.C.D., 002/13.C.D., 081/13.C.D., 002/15A.C.D., 093/16.C.D., 114/17.C.D., 133/18.C.D., 121/19.C.D.; 002/21.C.D.; y 

CONSIDERANDO: 

Que las Tasas por Servicios Retributivos, de Vialidad Rural y el valor punto para la percepción de la Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene no están sujetas a ningún tipo de índice de actualización; 

Que se ha producido un significativo incremento en los costos de prestación de los servicios públicos esenciales a cargo del Municipio; 

Que la amplia brecha entre el costo de los servicios prestados por el Municipio y el cobro de tasas, genera un consumo de recursos por coparticipación para solventar gastos estructurales, imposibilitando, por ende, la utilización de los mismos para la realización y mantenimiento de obras de infraestructura en la localidad; 

Que el Estado Municipal debe garantizar una óptima prestación de los servicios y una eficiencia en el ejercicio del poder de policía municipal, para asegurar una mejor calidad de vida para los vecinos; 

Que de acuerdo a lo informado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), el nivel general del Índice de Precios al Consumidor (IPC), a septiembre de 2021, registró un alza interanual del cincuenta y dos y medio por ciento (52,5%); Que se debe garantizar la sustentabilidad del accionar del Municipio; 

Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 14-12-2021, según consta en Acta Nº 1417, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1°: FÍJANSE los valores de las Tasas Retributivas de Servicios, por metro lineal, por bimestre, en los montos que se indican a continuación:

Zona

Valor

C

128,3

1

121,57

2

99,2

3

86,35

4

63,23

5

80,51

6

55,88

7

43,63

8

32,77

9

32,77

 

Artículo 2°: FÍJANSE los valores de las Tasas Retributivas de Servicios para el Plan Habitacional Santa Catalina, por bimestre, en los montos que se indican a continuación: 

 

Pago por bimestre

4 dormitorios

255,15

3 dormitorios

230,15

2 dormitorios

202,66

 

Artículo 3°: FÍJANSE los valores de las Tasas Retributivas de Servicios para los denominados Sesenta Departamentos, en los montos que se indican a continuación: 

 

Pago por bimestre

3 dormitorios

373,98

2 dormitorios

284,58

 

Artículo 4º: FÍJASE el valor de la Tasa de Vialidad Rural en la suma de Pesos Sesenta y seis con sesenta y cuatro 64/ 100 ($66,64) por hectárea y por bimestre.

Artículo 5º: FÍJASE el valor punto establecido por la Ordenanza Municipal N° 066/90 C.D., para la percepción de la Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene en la suma de Pesos Ciento Once con 54/100 ($111,54). Se aclara que, según lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 018/91 C.D., este valor también regirá para el cobro de Tasas y Derechos correspondientes al cementerio Municipal. 

Artículo 6º: ESTABLÉCESE que la presente Ordenanza Municipal comenzará a regir partir del 01 de enero de 2022. 

Artículo 7º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-

 

 

Ordenanza Municipal N° 104/2021.C.D. - Resolución Municipal N°2009/2021 (20/12/21) 

  Imprimir