Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 07/01/2022 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 051/2022-(00987) |
Fecha de la publicación | 24/11/2022 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 24/11/2022 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 24/11/2022 |
Ordenanza Municipal Nº 45/2022.C.D.
Allen, 29 de Septiembre de 2022
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. Ignacia Martínez - DNI 9.999.458; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita autorización para transferir adelantos del Lote N.C. 04-1-C-271-04-18B, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso, a favor de su hijo David Esteban Quiroga – DNI 28.781.048;
Que no existen inconvenientes en acceder a lo peticionado, según consta en Acta N° 084/2022 de la Comisión de Gobierno;
Que dicho reconocimiento será al sólo efecto de regularizar los servicios domiciliarios a su nombre;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 29-09-2022, según consta en Acta Nº 1443, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: AUTORÍZASE a la Sra. Ignacia Martínez – DNI 9.999.458 a transferir los adelantos del Lote N.C. 04-1-C-271-04-18B, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso, a favor del Sr. David Esteban Quiroga – DNI 28.781.048.
Artículo 2°: RECONÓCESE como Ocupante del Lote N.C. 04-1-C-271-04-18B, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso al Sr. David Esteban Quiroga – DNI 28.781.048, por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 3º: ESTABLÉCESE que el Lote N.C. 04-1-C-271-04-18B, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso, no puede ser vendido ni cedido a terceros. En cuanto a los adelantos construidos, en caso de ser vendidos, deberá solicitar la autorización de transferencia de los mismos ante este Poder Legislativo, una vez transcurridos cinco (5) años desde la vigencia de la presente normativa.
Artículo 4°: ESTABLÉCESE que el presente reconocimiento de ocupación, no legitima la titularidad dominial del inmueble N.C. 04-1-C-271-04-18B.
Artículo 5°: COMUNÍCASE al Poder Ejecutivo Municipal, y por su intermedio a la Dirección General de Gestión Territorial, dependiente de la Secretaría de Planeamiento, de la presente ocupación, y a la Dirección General de Ingresos Públicos, dependiente de la Secretaría de Hacienda, a los efectos de registrar como responsable tributario al Sr. David Esteban Quiroga – DNI 28.781.048 del Lote N.C. 04-1-C-271-04-18B, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso.
Artículo 6º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 45/2022.C.D. - Insistida por Ordenanza Municipal Nº 55/2022 - Resolución Municipal Nº 1680/2022 (07/11/2022)
ImprimirOrdenanza Municipal Nº 45/2022.C.D.
Allen, 29 de Septiembre de 2022
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. Ignacia Martínez - DNI 9.999.458; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita autorización para transferir adelantos del Lote N.C. 04-1-C-271-04-18B, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso, a favor de su hijo David Esteban Quiroga – DNI 28.781.048;
Que no existen inconvenientes en acceder a lo peticionado, según consta en Acta N° 084/2022 de la Comisión de Gobierno;
Que dicho reconocimiento será al sólo efecto de regularizar los servicios domiciliarios a su nombre;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 29-09-2022, según consta en Acta Nº 1443, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: ̶A̶U̶T̶O̶R̶Í̶Z̶A̶S̶E̶ ̶a̶ ̶l̶a̶ ̶S̶r̶a̶.̶ ̶I̶g̶n̶a̶c̶i̶a̶ ̶M̶a̶r̶t̶í̶n̶e̶z̶ ̶–̶ ̶D̶N̶I̶ ̶9̶.̶9̶9̶9̶.̶4̶5̶8̶ ̶a̶ ̶t̶r̶a̶n̶s̶f̶e̶r̶i̶r̶ ̶l̶o̶s̶ ̶a̶d̶e̶l̶a̶n̶t̶o̶s̶ ̶d̶e̶l̶ ̶L̶o̶t̶e̶ ̶N̶.̶C̶.̶ ̶0̶4̶-̶1̶-̶C̶-̶2̶7̶1̶-̶0̶4̶-̶1̶8̶B̶,̶ ̶u̶b̶i̶c̶a̶d̶o̶ ̶e̶n̶ ̶c̶a̶l̶l̶e̶ ̶V̶e̶n̶e̶z̶u̶e̶l̶a̶ ̶1̶5̶7̶ ̶d̶e̶l̶ ̶B̶a̶r̶r̶i̶o̶ ̶E̶l̶ ̶P̶r̶o̶g̶r̶e̶s̶o̶,̶ ̶a̶ ̶f̶a̶v̶o̶r̶ ̶d̶e̶l̶ ̶S̶r̶.̶ ̶D̶a̶v̶i̶d̶ ̶E̶s̶t̶e̶b̶a̶n̶ ̶Q̶u̶i̶r̶o̶g̶a̶ ̶–̶ ̶D̶N̶I̶ ̶2̶8̶.̶7̶8̶1̶.̶0̶4̶8̶.̶ ̶
AUTORÍZASE a la Sra. Ignacia Martínez –DNI 9.999.458, a transferir los adelantos del Lote N.C. 04-1-C-271-04-18, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso, a favor del Sr. David Esteban Quiroga -DNI 28.781.048.
Artículo 2°: ̶R̶E̶C̶O̶N̶Ó̶C̶E̶S̶E̶ ̶c̶o̶m̶o̶ ̶O̶c̶u̶p̶a̶n̶t̶e̶ ̶d̶e̶l̶ ̶L̶o̶t̶e̶ ̶N̶.̶C̶.̶ ̶0̶4̶-̶1̶-̶C̶-̶2̶7̶1̶-̶0̶4̶-̶1̶8̶B̶,̶ ̶u̶b̶i̶c̶a̶d̶o̶ ̶e̶n̶ ̶c̶a̶l̶l̶e̶ ̶V̶e̶n̶e̶z̶u̶e̶l̶a̶ ̶1̶5̶7̶ ̶d̶e̶l̶ ̶B̶a̶r̶r̶i̶o̶ ̶E̶l̶ ̶P̶r̶o̶g̶r̶e̶s̶o̶ ̶a̶l̶ ̶S̶r̶.̶ ̶D̶a̶v̶i̶d̶ ̶E̶s̶t̶e̶b̶a̶n̶ ̶Q̶u̶i̶r̶o̶g̶a̶ ̶–̶ ̶D̶N̶I̶ ̶2̶8̶.̶7̶8̶1̶.̶0̶4̶8̶,̶ ̶p̶o̶r̶ ̶l̶o̶s̶ ̶m̶o̶t̶i̶v̶o̶s̶ ̶e̶x̶p̶u̶e̶s̶t̶o̶s̶ ̶e̶n̶ ̶l̶o̶s̶ ̶C̶o̶n̶s̶i̶d̶e̶r̶a̶n̶d̶o̶s̶.̶ ̶
RECONÓCESE como Ocupante del Lote N.C. 04-1-271-04-18, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso al Sr. David Esteban Quiroga - DNI 28.781.048.
Artículo 3º: ESTABLÉCESE que el Lote N.C. 04-1-C-271-04-18B, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso, no puede ser vendido ni cedido a terceros. En cuanto a los adelantos construidos, en caso de ser vendidos, deberá solicitar la autorización de transferencia de los mismos ante este Poder Legislativo, una vez transcurridos cinco (5) años desde la vigencia de la presente normativa.
Artículo 4°: ESTABLÉCESE que el presente reconocimiento de ocupación, no legitima la titularidad dominial del inmueble N.C. 04-1-C-271-04-18B.
Artículo 5°: COMUNÍCASE al Poder Ejecutivo Municipal, y por su intermedio a la Dirección General de Gestión Territorial, dependiente de la Secretaría de Planeamiento, de la presente ocupación, y a la Dirección General de Ingresos Públicos, dependiente de la Secretaría de Hacienda, a los efectos de registrar como responsable tributario al Sr. David Esteban Quiroga – DNI 28.781.048 del Lote N.C. 04-1-C-271-04-18B, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso.
Artículo 6º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 45/2022.C.D. - Insistida por Ordenanza Municipal Nº 55/2022 - Resolución Municipal Nº 1680/2022 (07/11/2022)
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055/2022 | Modificación | 01/12/2022 |