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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 07/01/2022  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 051/2022-(00987)  
Fecha de la publicación 24/11/2022  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 24/11/2022  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 24/11/2022  

Ordenanza Municipal Nº 45/2022.C.D.

Allen, 29 de Septiembre de 2022

VISTO: 

La Nota presentada por la Sra. Ignacia Martínez - DNI 9.999.458; y 

CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma solicita autorización para transferir adelantos del Lote N.C. 04-1-C-271-04-18B, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso, a favor de su hijo David Esteban Quiroga – DNI 28.781.048; 

Que no existen inconvenientes en acceder a lo peticionado, según consta en Acta N° 084/2022 de la Comisión de Gobierno; 

Que dicho reconocimiento será al sólo efecto de regularizar los servicios domiciliarios a su nombre; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 29-09-2022, según consta en Acta Nº 1443, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1°: AUTORÍZASE a la Sra. Ignacia Martínez – DNI 9.999.458 a transferir los adelantos del Lote N.C. 04-1-C-271-04-18B, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso, a favor del Sr. David Esteban Quiroga – DNI 28.781.048. 

Artículo 2°: RECONÓCESE como Ocupante del Lote N.C. 04-1-C-271-04-18B, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso al Sr. David Esteban Quiroga – DNI 28.781.048, por los motivos expuestos en los Considerandos. 

Artículo 3º: ESTABLÉCESE que el Lote N.C. 04-1-C-271-04-18B, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso, no puede ser vendido ni cedido a terceros. En cuanto a los adelantos construidos, en caso de ser vendidos, deberá solicitar la autorización de transferencia de los mismos ante este Poder Legislativo, una vez transcurridos cinco (5) años desde la vigencia de la presente normativa. 

Artículo 4°: ESTABLÉCESE que el presente reconocimiento de ocupación, no legitima la titularidad dominial del inmueble N.C. 04-1-C-271-04-18B. 

Artículo 5°: COMUNÍCASE al Poder Ejecutivo Municipal, y por su intermedio a la Dirección General de Gestión Territorial, dependiente de la Secretaría de Planeamiento, de la presente ocupación, y a la Dirección General de Ingresos Públicos, dependiente de la Secretaría de Hacienda, a los efectos de registrar como responsable tributario al Sr. David Esteban Quiroga – DNI 28.781.048 del Lote N.C. 04-1-C-271-04-18B, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso. 

Artículo 6º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-

 

Ordenanza Municipal Nº 45/2022.C.D. - Insistida por Ordenanza Municipal Nº 55/2022 - Resolución Municipal Nº 1680/2022 (07/11/2022)

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Ordenanza Municipal Nº 45/2022.C.D.

Allen, 29 de Septiembre de 2022

VISTO: 

La Nota presentada por la Sra. Ignacia Martínez - DNI 9.999.458; y 

CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma solicita autorización para transferir adelantos del Lote N.C. 04-1-C-271-04-18B, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso, a favor de su hijo David Esteban Quiroga – DNI 28.781.048; 

Que no existen inconvenientes en acceder a lo peticionado, según consta en Acta N° 084/2022 de la Comisión de Gobierno; 

Que dicho reconocimiento será al sólo efecto de regularizar los servicios domiciliarios a su nombre; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 29-09-2022, según consta en Acta Nº 1443, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1°:  ̶A̶U̶T̶O̶R̶Í̶Z̶A̶S̶E̶ ̶a̶ ̶l̶a̶ ̶S̶r̶a̶.̶ ̶I̶g̶n̶a̶c̶i̶a̶ ̶M̶a̶r̶t̶í̶n̶e̶z̶ ̶–̶ ̶D̶N̶I̶ ̶9̶.̶9̶9̶9̶.̶4̶5̶8̶ ̶a̶ ̶t̶r̶a̶n̶s̶f̶e̶r̶i̶r̶ ̶l̶o̶s̶ ̶a̶d̶e̶l̶a̶n̶t̶o̶s̶ ̶d̶e̶l̶ ̶L̶o̶t̶e̶ ̶N̶.̶C̶.̶ ̶0̶4̶-̶1̶-̶C̶-̶2̶7̶1̶-̶0̶4̶-̶1̶8̶B̶,̶ ̶u̶b̶i̶c̶a̶d̶o̶ ̶e̶n̶ ̶c̶a̶l̶l̶e̶ ̶V̶e̶n̶e̶z̶u̶e̶l̶a̶ ̶1̶5̶7̶ ̶d̶e̶l̶ ̶B̶a̶r̶r̶i̶o̶ ̶E̶l̶ ̶P̶r̶o̶g̶r̶e̶s̶o̶,̶ ̶a̶ ̶f̶a̶v̶o̶r̶ ̶d̶e̶l̶ ̶S̶r̶.̶ ̶D̶a̶v̶i̶d̶ ̶E̶s̶t̶e̶b̶a̶n̶ ̶Q̶u̶i̶r̶o̶g̶a̶ ̶–̶ ̶D̶N̶I̶ ̶2̶8̶.̶7̶8̶1̶.̶0̶4̶8̶.̶ ̶

AUTORÍZASE a la Sra. Ignacia Martínez –DNI 9.999.458, a transferir los adelantos del Lote N.C. 04-1-C-271-04-18, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso, a favor del Sr. David Esteban Quiroga -DNI 28.781.048.

Artículo 2°:  ̶R̶E̶C̶O̶N̶Ó̶C̶E̶S̶E̶ ̶c̶o̶m̶o̶ ̶O̶c̶u̶p̶a̶n̶t̶e̶ ̶d̶e̶l̶ ̶L̶o̶t̶e̶ ̶N̶.̶C̶.̶ ̶0̶4̶-̶1̶-̶C̶-̶2̶7̶1̶-̶0̶4̶-̶1̶8̶B̶,̶ ̶u̶b̶i̶c̶a̶d̶o̶ ̶e̶n̶ ̶c̶a̶l̶l̶e̶ ̶V̶e̶n̶e̶z̶u̶e̶l̶a̶ ̶1̶5̶7̶ ̶d̶e̶l̶ ̶B̶a̶r̶r̶i̶o̶ ̶E̶l̶ ̶P̶r̶o̶g̶r̶e̶s̶o̶ ̶a̶l̶ ̶S̶r̶.̶ ̶D̶a̶v̶i̶d̶ ̶E̶s̶t̶e̶b̶a̶n̶ ̶Q̶u̶i̶r̶o̶g̶a̶ ̶–̶ ̶D̶N̶I̶ ̶2̶8̶.̶7̶8̶1̶.̶0̶4̶8̶,̶ ̶p̶o̶r̶ ̶l̶o̶s̶ ̶m̶o̶t̶i̶v̶o̶s̶ ̶e̶x̶p̶u̶e̶s̶t̶o̶s̶ ̶e̶n̶ ̶l̶o̶s̶ ̶C̶o̶n̶s̶i̶d̶e̶r̶a̶n̶d̶o̶s̶.̶ ̶

RECONÓCESE como Ocupante del Lote N.C. 04-1-271-04-18, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso al Sr. David Esteban Quiroga - DNI 28.781.048.

Artículo 3º: ESTABLÉCESE que el Lote N.C. 04-1-C-271-04-18B, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso, no puede ser vendido ni cedido a terceros. En cuanto a los adelantos construidos, en caso de ser vendidos, deberá solicitar la autorización de transferencia de los mismos ante este Poder Legislativo, una vez transcurridos cinco (5) años desde la vigencia de la presente normativa. 

Artículo 4°: ESTABLÉCESE que el presente reconocimiento de ocupación, no legitima la titularidad dominial del inmueble N.C. 04-1-C-271-04-18B. 

Artículo 5°: COMUNÍCASE al Poder Ejecutivo Municipal, y por su intermedio a la Dirección General de Gestión Territorial, dependiente de la Secretaría de Planeamiento, de la presente ocupación, y a la Dirección General de Ingresos Públicos, dependiente de la Secretaría de Hacienda, a los efectos de registrar como responsable tributario al Sr. David Esteban Quiroga – DNI 28.781.048 del Lote N.C. 04-1-C-271-04-18B, ubicado en calle Venezuela 157 del Barrio El Progreso. 

Artículo 6º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-

 

Ordenanza Municipal Nº 45/2022.C.D. - Insistida por Ordenanza Municipal Nº 55/2022 - Resolución Municipal Nº 1680/2022 (07/11/2022)

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Acciones sobre esta norma

Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
055/2022 Modificación 01/12/2022