Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | VIGENTE |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 30/06/2020 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 019/2020-(00000) |
Fecha de la publicación | 30/07/2020 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 06/10/2020 |
Controlado por | INTENDENCIA |
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 029/2020.C.D.
Allen, 26 de Junio de 2020.
VISTO:
La necesidad de colocar derivadores peatonales en el paso a nivel que une calle Avellaneda con calle Juan B. Justo y el Puente de la calle Avellaneda; y
CONSIDERANDO:
Que la construcción del paso a nivel fue declarada de Interés Municipal mediante Declaración Nº 026/04 C.D.;
Que en el primer caso, la calle Avellaneda, comunicaría a través de un paso a nivel sobre las vías férreas, con la calle Juan B. Justo, brindando una circulación más directa desde y hasta la zona Norte y Sur de nuestra Ciudad respectivamente;
Que este paso es peatonal y se utiliza como uno de los ingresos al Parque Integración, por ambos lados margen norte y sur;
Que es necesario unir ambas arterias troncales, con un paso seguro y apto con las modalidades peatonales;
Que este sistema de vía pública se debería encontrar señalizado y demarcado conforme a un sistema de circulación, el cual se expresa a través de las señales, símbolos y marcas de señalamiento vial;
Que los peatones son los integrantes más vulnerables o frágiles del tránsito, ya que no tienen ninguna protección corporal. En un choque entre un peatón y un vehículo (auto o ciclomotor) es el peatón el que, con mayor probabilidad, se llevará la peor parte;
Que se hace necesario, por una cuestión de seguridad al peatón, construir los bolsones y derivadores peatonales similares a los instalados en el paso a nivel de las calles Perito Moreno-Avenida Roca;
Que la construcción de dichos derivadores y bolsones peatonales, o toda estructura adecuada que las autoridades crean necesarias, no solo protegerá a los transeúntes, sino además evitará que se utilice como corredor para aquellas personas que delinquen y se transportan en ciclomotores, evitando el accionar policial;
Que en el segundo caso, Puente calle Avellaneda sucede lo mismo, por lo que es de suma importancia la construcción e instalación de derivadores peatonales también en ese lugar;
Que la colocación de derivadores peatonales, limitará definitivamente la circulación por estos accesos, de todo vehículo que ponga en riesgo la vida y la salud de la población en general;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 26-06-2020, según consta en Acta Nº 1348, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: ÍNSTASE la colocación de derivadores y bolsones peatonales, o todo elemento obstruyente que las autoridades competentes crean necesarios, en el Paso a Nivel de calles Avellaneda - Juan B. Justo, que es uno de los ingresos al Parque Integración cuyo ancho ocupe la totalidad de las 2 (dos) sendas peatonales de 6 (seis) metros cada una aproximadamente.
Artículo 2º: ÍNSTASE la colocación de derivadores y bolsones peatonales, o todo elemento obstruyente que las autoridades competentes crean necesarios, sobre el Puente Avellaneda, entre calle Pellegrini y Dique Ballester, similares a los colocados en el Paso a Nivel de las calles Perito Moreno - Avenida Roca.
Artículo 3º: COLÓCANSE los respectivos carteles indicadores y/o señaladores en los lugares detallados en los Artículos que anteceden.
Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 029/2020.C.D.- Resolución Municipal N°882/2020
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