Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 02/12/2008 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 000/0000-(00000) |
Fecha de la publicación | 12/12/2008 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | GENERAL |
Fecha en que se analizó | 06/10/2020 |
Controlado por | INTENDENCIA |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 108/08.C.D.
Allen, 20 de Noviembre de 2008.
VISTO:
La cantidad de accidentes de tránsito fatales y/o de mayor grado producidos por la falta del uso de casco reglamentario; y
CONSIDERANDO:
Que la seguridad vial es un problema que nos atañe a todos;
Que todas las medidas que sirvan para concientizar acerca de esta problemática son útiles;
Que la seguridad vial debe constituirse definitivamente en una política de estado;
Que todos los sectores deben contribuir con medidas que propendan a reducir tanto los accidentes de tránsito como las consecuencias trágicas de los mismos;
Que el conducir una moto expone a su usuario a sufrir las mayores consecuencias en un accidente. Esta última es una de las frases más escuchadas, y que está comprobado con estadísticas;
Que gran parte de los accidentes de tránsito tienen como protagonistas a motociclistas, que en la mayoría de las veces sufren lesiones por no contar con la protección suficiente;
Que cuando nos referimos a “protección suficiente” queremos significar que en la mayoría de los casos la falta de uso del casco protector y la falta de conciencia vial de los motociclistas respecto de la importancia que tiene éste elemento de protección y prevención, genera consecuencias lamentables al ocurrir un accidente de tránsito;
Que existen estadísticas concretas que demuestran que el uso de en los conductores de motocicletas, disminuye los daños en caso de que ocurra un siniestro;
Que consideramos de importancia generar la conciencia social respecto de la necesidad del casco como elemento protector y de seguridad;
Que por las razones expuestas, propiciamos la celebración de un convenio con la Cámara de Expendedores de Combustibles y Afines de Neuquén y Río Negro, para que en las estaciones de servicio con asiento en nuestra Ciudad no se expida combustibles a los motociclistas que circulen sin usar el casco protector;
Que en sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 20-11-08, según consta en Acta N° 875, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: INSTASE y FACULTASE al Poder Ejecutivo Municipal a suscribir un convenio con la Cámara de Expendedores de Combustibles y Afines de Neuquén y Río Negro, con la finalidad de que en las estaciones de servicio con asiento en nuestra Ciudad no se expida combustible a aquellos motociclistas que no lleven casco protector.
Articulo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 108/08.C.D.
Número | Acción | Fecha | Artículos activos | Artículos pasivos | |
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032/2020 | Derogación total | 30/07/2020 |