logo

Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 02/12/2008  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 000/0000-(00000)  
Fecha de la publicación 12/12/2008  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance GENERAL  
Fecha en que se analizó 06/10/2020  
Controlado por INTENDENCIA  

ORDENANZA MUNICIPAL N° 108/08.C.D.

Allen, 20 de Noviembre de 2008. 

VISTO

La cantidad de accidentes de tránsito fatales y/o de mayor grado producidos por la falta del uso de casco reglamentario; y 

CONSIDERANDO

Que la seguridad vial es un problema que nos atañe a todos; 

Que todas las medidas que sirvan para concientizar acerca de esta problemática son útiles; 

Que la seguridad vial debe constituirse definitivamente en una política de estado; 

Que todos los sectores deben contribuir con medidas que propendan a reducir tanto los accidentes de tránsito como las consecuencias trágicas de los mismos; 

Que el conducir una moto expone a su usuario a sufrir las mayores consecuencias en un accidente. Esta última es una de las frases más escuchadas, y que está comprobado con estadísticas; 

Que gran parte de los accidentes de tránsito tienen como protagonistas a motociclistas, que en la mayoría de las veces sufren lesiones por no contar con la protección suficiente; 

Que cuando nos referimos a “protección suficiente” queremos significar que en la mayoría de los casos la falta de uso del casco protector y la falta de conciencia vial de los motociclistas respecto de la importancia que tiene éste elemento de protección y prevención, genera consecuencias lamentables al ocurrir un accidente de tránsito; 

Que existen estadísticas concretas que demuestran que el uso de en los conductores de motocicletas, disminuye los daños en caso de que ocurra un siniestro; 

Que consideramos de importancia generar la conciencia social respecto de la necesidad del casco como elemento protector y de seguridad;

Que por las razones expuestas, propiciamos la celebración de un convenio con la Cámara de Expendedores de Combustibles y Afines de Neuquén y Río Negro, para que en las estaciones de servicio con asiento en nuestra Ciudad no se expida combustibles a los motociclistas que circulen sin usar el casco protector; 

Que en sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 20-11-08, según consta en Acta N° 875, se aprobó el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA

 

Artículo 1°: INSTASE y FACULTASE al Poder Ejecutivo Municipal a suscribir un convenio con la Cámara de Expendedores de Combustibles y Afines de Neuquén y Río Negro, con la finalidad de que en las estaciones de servicio con asiento en nuestra Ciudad no se expida combustible a aquellos motociclistas que no lleven casco protector. 

Articulo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 108/08.C.D.

  Imprimir

Acciones sobre esta norma

Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
032/2020 Derogación total 30/07/2020