Tipo | RESOLUCION AD REFERENDUM |
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Estado | VIGENTE |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 27/01/2023 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 006/2023-(01001) |
Fecha de la publicación | 06/02/2023 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 06/02/2023 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 06/02/2023 |
Resolución Municipal Nº 0131/2023
Ad Referéndum del Concejo Deliberante
Allen, 20 de Enero de 2.023.
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 058/22.C.D. y la nota de la Empresa Bubalcó S.A., y
CONSIDERANDO:
Que a partir de la vigencia de la Ordenanza citada, se aplica un equivalente en Pesos al 8 por mil (8/1000) de la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene.
Que la Empresa Bubalcó S.A. adeuda el monto de Pesos Un Millón Ciento Ochenta y Siete Mil Seiscientos Setenta con 13/100 ($1.187.670,13).
Que el motivo por el cual se dictó la Ordenanza Municipal Nº 58/2022 fue solucionar la inequidad de la normativa anterior, por lo cual es conveniente otorgar a la Empresa la posibilidad de reliquidar las tasas anteriores con la misma fórmula.
POR ELLO:
La Señora Intendente Municipal de la Ciudad de Allen Ad-Referéndum del Concejo Deliberante
R E S U E L V E
Artículo 1 °: AUTORIZAR la reliquidación de la tasa de Inspección, Seguridad e Higiene de la Empresa Bubalcó S.A., desde el mes de julio de 2011 hasta el mes de julio de 2022 inclusive, con la fórmula establecida, en un todo de acuerdo con lo expuesto en los considerandos.
Artículo 3º: La presente será refrendada por todos los Secretarios que componen el Gabinete Municipal.
Artículo 3º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Resolución Municipal Nº 0131/2023 (27/01/2023)
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