Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | VIGENTE |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 08/09/2011 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 021/2011-(00659) |
Fecha de la publicación | 26/09/2011 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 26/09/2011 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 26/09/2011 |
Ordenanza Municipal Nº 64/2011.C.D.
Allen, 25 de Agosto de 2011
VISTO:
La necesidad de disminuir la contaminación ambiental producida por las bolsas de polietileno que se usan habitualmente en los comercios; y
CONSIDERANDO:
Que la diseminación indiscriminada de bolsas de polietileno afecta los derechos de la población y requiere de un cambio de conducta habitual del poblador en general;
Que es preciso sensibilizar a la población y en especial al comerciante, sobre la problemática de las bolsas de polietileno, dado que produce un fuerte impacto ambiental;
Que las bolsas de polietileno, tardarían según los micrones que la componen, entre 100 y 400 años en degradarse;
Que los comercios que vendan productos cuya exposición arrojen líquidos o que por sus características no puedan ser contenidos en bolsas de tela, podrán utilizar bolsas de plástico tipo bobina;
Que resulta frecuente y lamentable la gran cantidad de bolsas de plásticos esparcidas en nuestra barda, apresadas en alambrados, aferradas a la flora o dispersas en las calles, espacios públicos, veredas y plazas de la ciudad;
Que mediante la eliminación progresiva y definitiva de bolsas de polietileno mejorará la calidad de vida de los ciudadanos y del medio ambiente en general;
Que los comercios y los ciudadanos pueden optar por otras bolsas de transportes alternativos (biodegradables, papel reciclado, bolsas reutilizables de malla, de tela, de arpillera, etc.);
Que este Cuerpo considera oportuno sancionar un instrumento legal que disminuya la utilización y que minimice el impacto ambiental;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 25/08/11, según consta en Acta Nº 990, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: REDÚZCASE paulatinamente el uso de bolsas de polietileno tipo Camisetas en el ejido de la Ciudad de Allen a partir de 01/10/2011.
Artículo 2º: A partir de dicha fecha los comercios que se encuentran dentro del ejido de Allen, deberán entregar únicamente (2) dos bolsas de transporte de polietileno tipo Camiseta por cliente. En caso de entregar mayor cantidad de bolsas de transporte de mercadería, deberán ser bolsas de material biodegradable, papel reciclado o similar.
Artículo 3º: A partir del 1º de Abril del 2012, quedará prohibida la utilización de bolsas de polietileno tipo camiseta, en el Ejido Municipal de Allen.
Artículo 4º: A partir de la entrada en vigencia de la prohibición de la utilización de las Bolsas tipo camisetas, el incumplimiento de la misma se sancionará de la siguiente manera:
a) Primera verificación de incumplimiento: multa de hasta 100 USAM.
b) Segunda verificación de incumplimiento: multa de hasta 200 USAM.
c) Tercera Verificación de incumplimiento: multa de hasta 400 USAM.
d) Cuarta verificación de incumplimiento: multa de hasta 1.000 USAM.
e) De reincidir en el incumplimiento de la presente Ordenanza podrá ser clausurado el local comercial por el término de hasta cinco (5) días hábiles.
Artículo 5º: Desde la promulgación de esta Ordenanza, la Dirección de Comercio deberá informar a todos los comerciantes sobre la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Asimismo el Municipio promoverá campañas de difusión para la concientización de la población del no uso de bolsas plásticas y promoverá el uso de bolsas de mallas reutilizables.
Artículo 6º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 64/2011.C.D. - Resolución Municipal Nº 1083/2011 (08/09/11)
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