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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado VIGENTE  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 30/07/2020  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 019/2020-(00000)  
Fecha de la publicación 30/07/2020  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 06/10/2020  
Controlado por INTENDENCIA  

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 036/2020.C.D. 

Allen, 03 de Julio de 2020.

VISTO: 

La Nota presentada por la Sra. Claudia Mariela Orell; y

CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma solicita autorización por vía de excepción, para fraccionar la parcela N.C. 04-1-C-008-17A de su propiedad, de la siguiente manera: el lote de 2 Ha. 08 A. 08 Ca. (20.808,00 metros cuadrados cuadrados) en dos lotes; 

Que uno de los lotes tendrá una superficie de 20.008.00 metros cuadrados, y el otro de 800,00 metros cuadrados, el cual quedará con 20 metros de frente sobre el Acceso Martín Miguel de Güemes y 40 metros de fondo; 

Que la parcela se encuentra ubicada en la Zona Productiva Irrigada del Área Rural de nuestra ciudad; 

Que las dimensiones del fraccionamiento solicitado, no cumple con lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 086/16.C.D. - Anexo I - Capítulo IX – Sección 3, siendo necesario para tal fin elaborar una normativa por vía de excepción; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 03-07-2020, según consta en Acta Nº 1349, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: AUTORÍZASE por vía de excepción a la Ordenanza Municipal N° 086/16.C.D. - Anexo I - Capítulo IX – Sección 3, la cual establece que en la Zona Irrigada del Área Rural no podrán crearse parcelas con superficie menor a seis (6) Hectáreas, a la Sra. Claudia Mariela Orell, DNI 22.012.247, a proceder a la subdivisión de la parcela N.C. 04-1-C-008-17A en dos lotes, quedando uno de 2 Ha. 00 A. 08 Ca. de 20.008,00 metros cuadrados y otro de 0 Ha. 08 a. 00 Ca. de 800,00 metros cuadrados, según Proyecto de Fraccionamiento que como Anexo I forma parte de la presente. 

Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.

 

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 036/2020.C.D.- Resolución Municipal N°889/2020 

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