Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | VIGENTE |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 20/04/2023 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 023/2023-(01018) |
Fecha de la publicación | 25/04/2023 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 25/04/2023 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 25/04/2023 |
Ordenanza Municipal Nº 013/2023.C.D.
Allen, 13 Abril de 2023.
VISTO:
El Expediente Judicial caratulado: “Municipalidad de Allen c/ Parque Industrial Allen S.A., s/ Expropiación” (Expediente Nº 11944-J5-85); y
CONSIDERANDO:
Que en el citado Expediente Judicial la Municipalidad de Allen expropia a Parque Industrial Allen S.A., el lote denominado catastralmente como: 04-1-H-036-15, entre otros;
Que la parcela 15 mide 62,50 mts., en sus lados Norte y Sur, por 176,00 mts., en sus costados Este y Oeste, encerrando una superficie de 11.000,00 mts2; linda al Norte con parte parcela 06; al Este con parcela 14 de su Quinta 036; al Sur con calle Francisco Pollio, en medio parte de la Quinta 037; y, al Oeste, con las parcelas 16, 18 y 19 de su plano;
Que, cumplidos todos los pasos judiciales, la Municipalidad de Allen obtiene en fecha 04 de Noviembre de 1985 la posesión de los bienes expropiados;
Que en fecha 30 de Noviembre de 1995 mediante Ordenanza Municipal Nº 134/95.C.D., el Concejo Deliberante autoriza al Poder Ejecutivo Municipal a vender las parcelas ubicadas en el Parque Industrial;
Que en fecha 23 de Diciembre de 2013, se suscribe Convenio de Compraventa de Tierra en el Parque Industrial Allen, entre la Municipalidad de Allen y la firma comercial Hijos de Delpino S.R.L., en el marco de la Ordenanza Municipal Nº 134/95.C.D, (T.o. O.M. Nº 007/10.C.D.);
Que el mencionado Boleto de Compraventa es ratificado mediante Resolución Municipal Nº 0018/2014;
Que en el Convenio mencionado ut supra se dispone la entrega en tenencia precaria con opción de compra del lote designado catastralmente como 04-1-H-036-15, ubicado en el Parque Industrial de nuestra ciudad;
Que se ha fijado el valor de los lotes así como la forma de pago del precio, de acuerdo a la Ordenanza vigente;
Que mediante distinta documentación interna, el Departamento de Obras Particulares, la Dirección de Ingresos Públicos y la Dirección de Habilitaciones Comerciales, informan que la firma comercial Hijos de Delpino S.R.L., ha cancelado el Plan de Pagos en Concepto de Venta de Tierras, asimismo, ha dado cumplimiento con la construcción de Planta General de Transporte, Habilitación Comercial Nº 0119/2018 otorgada en fecha 26 de Octubre de 2018;
Que, al día de la fecha, la firma comercial Hijos de Delpino S.R.L., no registra deuda alguna con la Municipalidad;
Que el Poder Ejecutivo Municipal en fecha 05 de Octubre de 2022 obtiene la Inscripción del lote 04-1-H-036-15, Certificado Catastral Nº 13093/2021, Matrícula Nº 04-5176, a favor de la Municipalidad de Allen, mediante Oficio Judicial librado en el Expediente enunciado en el Visto y dirigido al Registro de la Propiedad Inmueble;
Que corresponde incorporar al Patrimonio de la Municipalidad de Allen el lote denominado anteriormente;
Que, asimismo, conforme la cronología de los hechos y los actos, corresponde escriturar dicho lote a nombre de la firma comercial Hijos de Delpino S.R.L., actual adquirente del lote denominado catastralmente como 04-1-H-036-15;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 13-04-2023, según consta en Acta Nº 1462; se aprobó el presente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: INCORPÓRASE al Patrimonio de la Municipalidad de Allen el lote adquirido mediante Expediente Judicial de Expropiación, caratulado “Municipalidad de Allen c/Parque Industrial Allen S.A., s/Expropiación” (Expediente N.º 11944-J5-85), denominado catastralmente como 04-1-H-036-15, por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 2º: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal a suscribir la Escritura traslativa de Dominio del inmueble designado catastralmente como 04-1-H-036-15 a favor de la firma comercial Hijos de Delpino S.R.L., conforme los motivos expuestos en los Considerandos, corriendo por cuenta y cargo de dicha empresa todos los gastos de Escritura.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido. Archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 013/2023.C.D. - Resolución Municipal Nº 0672/2023 (20/04/23)
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