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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 12/06/2023  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 034/2023-(01029)  
Fecha de la publicación 13/06/2023  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 13/06/2023  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 13/06/2023  

Ordenanza Municipal Nº 034/2023.C.D. 

Allen, 24 de Mayo de 2023. 

VISTO: 

La Nota presentada por la Sra. Elizabeth del Carmen Neira Romero -DNI 93.025.025; y 

CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma solicita ser reconocida como Ocupante del lote N.C. 04-1-C-265-04-004 ubicado sobre calle Campetella del Barrio El Progreso; Que dicho reconocimiento es solo a los efectos de conectar los servicios domiciliarios; 

Que la señora reside en el Lote peticionado hace más de veinte años;

 Que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado, según consta en Acta N° 107/2023 de la Comisión de Gobierno; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 24-05-2023, según consta en Acta Nº 1468, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

O R D E N A N Z A 

Artículo 1°: RECONÓCESE como Ocupante del lote N.C. 04-1-C-265-04-004 ubicado sobre calle Campetella del Barrio El Progreso, a la Sra. Elizabeth del Carmen Neira Romero -DNI 93025025. 

Artículo 2°: ESTABLÉCESE que el Reconocimiento de Ocupación será al solo efecto de conectar los servicios domiciliarios correspondientes a la zona. 

Artículo 3º: COMUNÍCASE al Poder Ejecutivo Municipal, y por su intermedio a la Dirección General de Gestión Territorial dependiente de la Secretaría de Planeamiento de la presente ocupación, y a la Dirección General de Ingresos Públicos, dependiente de la Secretaría de Hacienda, a los efectos de registrar como responsable tributario del lote N.C. 04-1-C-265-04-004 ubicado sobre calle Campetella del Barrio El Progreso, a la Sra. Elizabeth del Carmen Neira Romero. 

Artículo 4º: ESTABLÉCESE que el Poder Ejecutivo Municipal deberá registrar el reconocimiento de ocupación, una vez que la Sra. Neira Romero haya cancelado la deuda en concepto de Tasas Retributivas o realizado el plan de pago de la misma, debiendo presentar el respectivo comprobante ante el Poder Ejecutivo Municipal y ante el Poder Legislativo para anexar al Expediente correspondiente. 

Artículo 5º: ESTABLÉCESE que el Lote N.C. 04-1-C-265-04-004 no puede ser vendido ni cedido a terceros. En cuanto a los adelantos construidos, en caso de ser vendidos, deberá solicitar la autorización de transferencia de los mismos ante este Poder Legislativo, una vez transcurridos cinco (5) años desde la vigencia de la presente normativa. 

Artículo 6º: ESTABLÉCESE que el presente reconocimiento de ocupación, no legitima la titularidad dominial del inmueble N.C. 04-1-C-265-04-004. 

Artículo 7º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-

 

Ordenanza Municipal Nº 034/2023.C.D. - Resolución Municipal Nº 0972/2023 (13/06/23)

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