Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 23/05/2023 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 032/2023-(01027) |
Fecha de la publicación | 07/06/2023 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 07/06/2023 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 06/07/2023 |
Ordenanza Municipal Nº 028/2023.C.D.
Allen, 18 de Mayo de 2023.
VISTO:
La Nota presentada por los Sres. Martiniano Payllalef DNI 7.575.469 Y Susana Sepúlveda DNI 16.165.347; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicitan autorización para transferir los adelantos del lote 19 de la Manzana 254 ubicado en el Asentamiento Poblacional denominado Islas Malvinas;
Que según datos obrantes en la Comisión de Planeamiento y Desarrollo Urbano, la Señora Susana Sepúlveda reside en el lote peticionado;
Que no existen inconvenientes en acceder a lo peticionado, según consta en Acta N° 098/2023 de la Comisión de Planeamiento y Desarrollo Urbano;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 18-05-2023, según consta en Acta Nº 1467, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: MODIFÍCASE el Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 031/15.C.D., donde dice: “Manzana 254 lote 19: Payllalef Martiniano DNI 7.575.469”, deberá decir: “Manzana 254 lote 19: Sepúlveda Susana Noemí - DNI 16.165.347”, por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 2°: COMUNICASE al Poder Ejecutivo Municipal, y por su intermedio a la Dirección General de Gestión Territorial dependiente de la Secretaría de Planea-miento de la presente ocupación, y a la Dirección General de Ingresos Públicos, dependiente de la Secretaría de Hacienda, a los efectos de registrar como responsable tributaria a la Sra. Sepúlveda Susana Noemí - DNI 16.165.347 del lote N.C. 04-1-B-254-19, F000, ubicado en el Asentamiento Poblacional denominado Islas Malvinas.
Artículo 3°: ESTABLÉCESE que el presente reconocimiento de ocupación, no legitima la titularidad dominial del inmueble N.C. 04-1-B-254-19-F000.
Artículo 4°: ESTABLÉCESE que el lote 19 de la Manzana 254 sujeto a mensura, no puede ser vendido ni cedido a terceros. En cuanto a los adelantos construidos, en caso de ser vendidos, deberá solicitar la autorización de transferencia de los mismos ante este Poder Legislativo, una vez transcurridos 5 (Cinco) años desde la vigencia de la presente normativa.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 028/2023.C.D. - Resolución Municipal Nº 0876/2023 (23/05/23)
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