Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 11/09/2023 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 048/2023-(01043) |
Fecha de la publicación | 18/09/2023 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 18/09/2023 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 18/09/2023 |
Ordenanza Municipal Nº 062/2023.C.D.
Allen, 31 de Agosto de 2023.
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Robín Ignacio Pistagnesi -DNI 34.803.531, representante de la Firma SUSOL S.R.L.; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita autorización por vía de excepción para obtener la Licencia Comercial para la empresa Susol S.R.L., C.U.I.T. 30-71729964-3, ubicada en Acceso Güemes 659;
Que la empresa tiene como actividad la fabricación de baldosas atérmicas;
Que la firma se encuentra ubicada en la zona denominada “Corredor Mixto”, según Plan Rector de Allen;
Que para poder continuar con el trámite de la Habilitación Comercial, es necesario autorizar la excepción, ya que no cumple con lo establecido en el Capítulo X Subsección 2 Inc. a) del Plan Rector, aprobado mediante O.M. Nº 086/16 C.D.;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 31-08-23, según consta en Acta Nº 1479, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal –Secretaría de Gobierno – Dirección Habilitaciones, a exceptuar a la empresa SUSOL S.R.L., C.U.I.T. 30-71729964-3, a lo establecido en el Capítulo X “Condiciones Particulares de las Áreas y Zonas” -Subsección 2 “Condiciones Particulares para la Zona Corredor Mixto” -Inc. 4) “Régimen de usos”, de la O.M. Nº 086/16.C.D., Plan Rector de la ciudad de Allen, a fin de continuar con el trámite de Habilitación Comercial, el cual deberá cumplimentar con los demás requisitos establecidos en el mismo cuerpo legal.
Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 062/2023.C.D. - Resolución Municipal Nº 1513/2023 (11/09/23)
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