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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 11/09/2023  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 048/2023-(01043)  
Fecha de la publicación 18/09/2023  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 18/09/2023  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 18/09/2023  

Ordenanza Municipal Nº 062/2023.C.D. 

Allen, 31 de Agosto de 2023. 

VISTO: 

La Nota presentada por el Sr. Robín Ignacio Pistagnesi -DNI 34.803.531, representante de la Firma SUSOL S.R.L.; y 

CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma solicita autorización por vía de excepción para obtener la Licencia Comercial para la empresa Susol S.R.L., C.U.I.T. 30-71729964-3, ubicada en Acceso Güemes 659; 

Que la empresa tiene como actividad la fabricación de baldosas atérmicas; 

Que la firma se encuentra ubicada en la zona denominada “Corredor Mixto”, según Plan Rector de Allen; 

Que para poder continuar con el trámite de la Habilitación Comercial, es necesario autorizar la excepción, ya que no cumple con lo establecido en el Capítulo X Subsección 2 Inc. a) del Plan Rector, aprobado mediante O.M. Nº 086/16 C.D.; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 31-08-23, según consta en Acta Nº 1479, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de 

O R D E N A N Z A 

Artículo 1º: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal –Secretaría de Gobierno – Dirección Habilitaciones, a exceptuar a la empresa SUSOL S.R.L., C.U.I.T. 30-71729964-3, a lo establecido en el Capítulo X “Condiciones Particulares de las Áreas y Zonas” -Subsección 2 “Condiciones Particulares para la Zona Corredor Mixto” -Inc. 4) “Régimen de usos”, de la O.M. Nº 086/16.C.D., Plan Rector de la ciudad de Allen, a fin de continuar con el trámite de Habilitación Comercial, el cual deberá cumplimentar con los demás requisitos establecidos en el mismo cuerpo legal. 

Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.- 

 

Ordenanza Municipal Nº 062/2023.C.D. - Resolución Municipal Nº 1513/2023 (11/09/23)

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