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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 01/11/2023  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 056/2023-(01051)  
Fecha de la publicación 03/11/2023  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 03/11/2023  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 03/11/2023  

Ordenanza Municipal Nº 075/2023.C.D. 

Allen, 12 de Octubre de 2023. 

VISTO: 

La Nota presentada por el Presidente del Club Unión Alem Progresista, Sr. Nicolás Calanni; y 

CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma solicita se exceptúe al Club Unión Alem Progresista de lo establecido en el Artículo 21° del Código Fiscal Municipal, a fin de obtener la Licencia Comercial del Salón de Eventos de su propiedad; 

Que motiva la solicitud la necesidad de acceder a la Habilitación Comercial para mejorar los ingresos de la Institución, necesarios para el desarrollo de sus actividades deportivas/culturales, el mantenimiento de la infraestructura y el costo del funcionamiento existente; 

Que se hace necesario realizar una excepción, en este caso al Código Fiscal Municipal para poder continuar con el trámite de la Habilitación Comercial; 

Que nuestra Carta Orgánica Municipal, en su Art. 5° prevé que el Municipio deberá: Inc. a) Promover y proteger: 1. la salud, la educación, el deporte, la recreación y el acceso a la cultura en todos sus niveles, para mejorar la calidad de vida de toda la población; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 12-10-2023, según consta en Acta Nº 1485; se decidió aprobar el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

O R D E N A N Z A 

Artículo 1º: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal –Secretaría de Gobierno – Dirección de Habilitaciones, a exceptuar al Club Unión Alem Progresista, a lo establecido en el Artículo 21° de la Ordenanza Municipal N° 030/78.C.D, a fin de continuar con el trámite de Habilitación Comercial, por los motivos expuestos en los considerandos. 

Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.- 

 

Ordenanza Municipal Nº 075/2023.C.D. - Resolución Municipal Nº 1793/2023 (01/11/23)

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