Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
---|---|
Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 01/11/2023 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 056/2023-(01051) |
Fecha de la publicación | 03/11/2023 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
---|---|
Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 03/11/2023 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 03/11/2023 |
Ordenanza Municipal Nº 075/2023.C.D.
Allen, 12 de Octubre de 2023.
VISTO:
La Nota presentada por el Presidente del Club Unión Alem Progresista, Sr. Nicolás Calanni; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita se exceptúe al Club Unión Alem Progresista de lo establecido en el Artículo 21° del Código Fiscal Municipal, a fin de obtener la Licencia Comercial del Salón de Eventos de su propiedad;
Que motiva la solicitud la necesidad de acceder a la Habilitación Comercial para mejorar los ingresos de la Institución, necesarios para el desarrollo de sus actividades deportivas/culturales, el mantenimiento de la infraestructura y el costo del funcionamiento existente;
Que se hace necesario realizar una excepción, en este caso al Código Fiscal Municipal para poder continuar con el trámite de la Habilitación Comercial;
Que nuestra Carta Orgánica Municipal, en su Art. 5° prevé que el Municipio deberá: Inc. a) Promover y proteger: 1. la salud, la educación, el deporte, la recreación y el acceso a la cultura en todos sus niveles, para mejorar la calidad de vida de toda la población;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 12-10-2023, según consta en Acta Nº 1485; se decidió aprobar el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal –Secretaría de Gobierno – Dirección de Habilitaciones, a exceptuar al Club Unión Alem Progresista, a lo establecido en el Artículo 21° de la Ordenanza Municipal N° 030/78.C.D, a fin de continuar con el trámite de Habilitación Comercial, por los motivos expuestos en los considerandos.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 075/2023.C.D. - Resolución Municipal Nº 1793/2023 (01/11/23)
Imprimir