Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | VIGENTE |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 08/01/2024 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 001/2024-(01057) |
Fecha de la publicación | 08/01/2024 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 08/01/2024 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 08/01/2024 |
Ordenanza Municipal Nº 001/2024.C.D.
Allen, 03 de Enero de 2024.
VISTO:
Las Ordenanzas Municipales N° 112/17.C.D., Nº 041/20.C.D., Nº 004/21.C.D. y la Nota presentada por A.T.T.A.; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la O.M N° 041/20.C.D., se establece que el aumento en la tarifa para el servicio de taxis y radio taxis estará sujeto a la variación del índice de aumento del USAM;
Que la norma mencionada, también dispone que las fechas en las que deben operar los aumentos son el 01 de Marzo y 01 de Septiembre de cada año;
Que la O.M. N° 004/21.C.D., fija una tarifa diferenciada, incrementada en un 10% para aquellos viajes que se realicen en horario nocturno entre las 22:00 hs. y las 06:00 hs.;
Que el Art. 75° de la O.M. N° 112/17.C.D., establece que el Concejo Deliberante realizara el análisis y estudio de costos que permita establecer la tarifa que se debe aplicar para el servicio de Taxi y Radio Taxi;
Que la O.M. N.° 097/23 otorga un incremento excepcional en la tarifa para el Servicio de Taxi y Radio taxis;
Que en Nota presentada por A.T.T.A. ponen de manifiesto la necesidad de incrementar, excepcionalmente, las tarifas actuales;
Que teniendo en consideración el índice de inflación y la abrupta situación económica que atraviesa el país, siendo constante el crecimiento en el valor del combustible, los repuestos, los gastos de mantenimiento de los móviles, etc., que dificultan la actividad, este Cuerpo Colegiado debió otorgar aumentos extraordinarios durante el año en curso;
Que es necesario tener en cuenta que la próxima se efectuará en el mes de Marzo del año revisión de precios 2024, siendo oportuno contemplar y salvaguardar las tarifas en estos meses;
Que la Carta Orgánica Municipal en el Art. 28° Inc. c) expresa: “Son, atribuciones y deberes del Concejo Municipal (...) La sanción de las Ordenanzas como organismo exclusivo y excluyente y Resoluciones";
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 03-01-2024, según consta en Acta Nº 1498, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: OTORGASE un incremento en la tarifa para el Servicio de Taxis y Radio Taxis, correspondiente al mes de Noviembre 2023, según lo establece la O.M. N° 041/20.C.D., de manera excepcional, del 25% a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza sobre el valor de Pesos Quinientos Veinticuatro con 07/100 ($524,07) de bajada de bandera, de Pesos Cincuenta con 86/100 ($50,86) cada 100 metros recorridos y de Pesos Cincuenta con 86/100 ($50,86) cada 45 segundos del auto en modo espera (horario diurno – primer periodo) y sobre el valor de Pesos Quinientos Sesenta y Ocho con 90/100 ($568,90) de bajada de bandera, de Pesos Cincuenta y Seis con 76/100 ($56,76) cada 100 metros recorridos y de Pesos Cincuenta y Seis con 76/100 ($56,76) cada 45 segundos del auto en modo espera (horario nocturno - segundo periodo).
Artículo 2º: FÍJASE la tarifa para el Servicio de Taxis y Radio-Taxis para aquellos viajes que se realicen en horario diurno: Primer periodo: $655,08 Bajada de Bandera. $63,57 cada 100 metros recorridos. $63,57 cada 45 segundos del auto en modo espera.
Artículo 3º: FÍJASE la tarifa para el Servicio de Taxis y Radio-Taxis, para aquellos viajes que se realicen en horario nocturno entre las 22:00 hs. y las 6:00 hs: Segundo periodo: $711,12. Bajada de Bandera. $70,95 cada 100 metros recorridos. $70,95 cada 45 segundos del auto en modo espera.
Artículo 4°: OTÓRGASE un incremento del 15% en la tarifa de Taxis y Radio Taxis en todos sus ítems, a partir del mes de febrero de 2024.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 001/2024.C.D. - Resolución Municipal Nº 0024/2024 (08/01/24)
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