Ordenanza Municipal Nº 061/2024.C.D.
Allen, 15 de Agosto de 2024.
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Juan Luis Parada -DNI 10.213.626; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma, solicita condonación de la deuda en concepto de Recupero de Obra Asfalto del lote N.C. 04-1-C-527-04-F000;
Que dicho domicilio se encuentra ubicado en la intersección de las calles Eva Perón y Bahía Blanca, siendo esta última habilitada para la circulación de “tránsito pesado”;
Que según Acta de Constatación e Informe Técnico de la Municipalidad de Allen, de fecha 01-02-2022, se observan varias grietas y fisuras en vereda, piso y paredes, ocasionadas por el movimiento de suelo que genera la circulación de vehículos de gran magnitud;
Que dicha situación le ha provocado al Sr. Parada, una gran erogación económica en la reparación de la vivienda;
Que el Sr. Parada convive con su Sra. esposa, ambos jubilados con percepción mínima, y ella se encuentra afrontando un tratamiento oncológico que agrava aún más la situación;
Que el Artículo 76º de la Carta Orgánica Municipal, en uno de sus párrafos expresa: “…las exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia…”;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 15-08-24, según consta en Acta Nº 1524, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: CONDONASE la deuda existente en concepto de Recupero de Obra Asfalto, según Estado de Cuenta identificación 006753 del domicilio ubicado en calle Eva Perón y Bahía Blanca, N.C. 04-1-C-527-04-F000, a su responsable tributario Señor Juan Luis Parada -DNI 10.213.626, por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
Ordenanza Municipal Nº 061/2024.C.D. - Resolución Municipal Nº 1457/2024 (30/08/2024)
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