Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | VIGENTE |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 01/10/2024 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 044/2024-(01100) |
Fecha de la publicación | 03/10/2024 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 03/10/2024 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 03/10/2024 |
Ordenanza Municipal Nº 096/2024.C.D.
Allen, 19 de Septiembre de 2024.
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 045/16.C.D.; y
CONSIDERANDO:
Que el haber limitado el estacionamiento de motos y ciclomotores ha generado dificultades en el estacionamiento de las mismas en otros sectores;
Que le ha generado graves multas al ciudadano;
Que la expansión de locales requiere que se revea el estacionamiento previsto ya que los mismos son acotados;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 19-09-2024, según consta en Acta Nº 1530, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: MODIFÍCASE el Artículo 4° de la Ordenanza Municipal N° 045/16.C.D., el que quedará redactado de la siguiente manera: “ORDENASE el estacionamiento de motos y ciclomotores en calles: -Avenida Eva Perón (entre Juan B. Justo y Sarmiento) -Tomás Orell (entre Juan B. Justo y Sarmiento) -Juan B. Justo (entre San Martín y Don Bosco) -Tomás Orell (entre Leandro N. Alem y Bartolomé Mitre) -Leandro N. Alem (entre Tomas Orell y San Martín)”.
Artículo 2°: MODIFÍCASE el Artículo 5° de la Ordenanza Municipal N° 045/16.C.D., el que quedará redactado de la siguiente manera: “ESTABLÉCESE como mal estacionada toda moto o ciclomotor, fuera del espacio habilitado, sólo cuando sea en las calles que cuenten con un estacionamiento de motos y ciclomotores determinado. Toda calle de zona céntrica que no esté mencionada en el Artículo 4°, quedará con estacionamiento libre para motos y ciclomotores.”
Artículo 3°: DESE amplia difusión por todos los medios de comunicación.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
Ordenanza Municipal Nº 096/2024.C.D. - Resolución Municipal Nº1692/2024 (01/10/2024)
ImprimirNúmero | Acción | Fecha | Artículos activos | Artículos pasivos | |
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045/2016 | Modificación | 10/10/2024 |